Breve historia del constitucionalismo en España | Albert Mesa Rey

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Permíteme amable lector que me ponga en antecedentes históricos que nos llevaron a la Constitución actual que llamamos “La Constitución de 1978

Era el 20 de noviembre del año 1975, a las 10:00 de la mañana apareció en TVE el entonces presidente del gobierno Carlos Arias Navarro y transmitía el lacónico mensaje: “Españoles, Franco ha muerto” y posteriormente visiblemente emocionado, dio lectura al testamento político del hasta entonces Jefe del Estado, en el que pedía para el Príncipe Juan Carlos el mismo apoyo que él tuvo en vida. Finalizaban así 39 años de dictadura.

Si el lector estuviera interesado en este capítulo de la historia reciente y en saber cómo fueron los últimos días del General Franco y su larga agonía, recomendaría la lectura del libro “El Paciente del Pardo: La imprevisible y larga agonía del General Franco”, que fueron excelentemente relatados y documentados por su autor, el Dr. José Luis Palma Gámiz como testigo de primera mano. El Dr. Palma fue el miembro más joven del llamado “Equipo Médico Habitual” que a las órdenes del Dr. Pozuelo le atendieron hasta el fatal desenlace en una habitación del Hospital La Paz.

Los artífices principales del período que llamamos “la Transición” fueron varios. Se consiguió gracias en primer lugar a la madurez del pueblo español; gracias al Rey D. Juan Carlos I, que se decidió por la Monarquía parlamentaria, la monarquía de todos que defendió su padre, D. Juan III desde el exilio; gracias a  Torcuato Fernández-Miranda, que regateó al Consejo del Reino y siempre defendió la transición del “Franquismo a la Democracia, de la Ley a la Ley”; gracias a Adolfo Suárez, que tuvo el valor de asumir ante el mundo franquista el papel del traidor de la comedia. Se cometería, sin embargo una grave injusticia histórica si no se destacase también a tres personajes clave: Felipe González, el cardenal Vicente Enrique y Tarancón y Marcelino Camacho.

Las primeras elecciones democráticas en España desde los tiempos de la Segunda República, concretamente desde febrero de 1936, se celebraron el 15 de junio de 1977. Las Cortes resultantes de estos comicios son las que aprobaron después la Constitución de 1978.

La Constitución del 78 fue un largo parto en amplio consenso entre todas las fuerzas políticas legalizadas por la Ley de Reforma Política, que Torcuato Fernández Miranda entregó a Adolfo Suárez el 23 de agosto de 1976 y que se debatió en las Cortes los días del 16 al 18 de noviembre de 1976 y se aprobó con 425 votos a favor y 59 en contra, con 13 abstenciones.

Los padres de la Constitución fueron: Por la Unión de Centro Democrático (UCD): Gabriel Cisneros, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón y José Pedro Pérez-Llorca; por el PSOE: Gregorio Peces-Barba; por el Partido Comunista de España (PCE): Jordi Solé Tura; por Alianza Popular: Manuel Fraga Iribarne y por la Minoría Catalana (CDC, UDC, PSC-R, EDC y ERC): Miquel Roca i Junyent.

La Constitución fue sometida a referéndum y ratificada por la inmensa mayoría del pueblo español con derecho a voto el 6 de diciembre de 1978. Fue sancionada y promulgada por el Rey D. Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. Con ello se culminaba el proceso de “Transición a la Democracia”.

En la nueva Carta Magna, se establece que “España es un Estado social y democrático de derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”, tal y como proclama su artículo primero.

Establece que la forma de gobierno es la Monarquía Parlamentaria y afianza el principio de Soberanía Nacional que reside en el pueblo Español.

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, reconociendo las nacionalidades y regiones españolas. Establece una organización territorial basada en la autonomía de municipios, provincias y comunidades autónomas, rigiendo entre ellos el principio de solidaridad.

En los siguientes puntos, garantiza derechos como el sufragio universal, la representación popular en dos cámaras: (el Congreso de los diputados y el Senado), la separación de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) En el artículo 14 establece la igualdad de todos los españoles y dice: “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social..

La Constitución es la Ley de Leyes que garantiza los derechos inherentes a los españoles y en la forma en que vamos a gobernarnos. La Transición y la Constitución de 1978 ha supuesto el periodo de paz más largo de la historia de España, pero no ha sido ni la primera ni la única constitución que la Patria ha tenido.

La primera constitución promulgada en España fue la conocida popularmente como “La Pepa” por haberse promulgado el 19 de marzo de 1812. Su nombre correcto es: “Constitución Política de la Monarquía Española”, también conocida como Constitución española de 1812 o Constitución de Cádiz por haberse promulgado en esta ciudad.

La Constitución de 1812 fue de una gran importancia en el convulso siglo XIX. Puede considerarse que fue la constitución más liberal de Europa de su tiempo. Supuso el desmantelamiento del Antiguo Régimen y el paso al parlamentarismo o a las Monarquías Parlamentarias. Tuvo vigencia en tres periodos distintos: desde 1812 hasta 1814; desde 1820 hasta 1823 y desde 1836 hasta 1837.

Constaba de 384 artículos organizados en diez títulos. Establecía que la soberanía residía en el pueblo, no en el rey. Garantizaba la “libertad de imprenta”, forma de la época de llamar a la actual libertad de expresión que anulaba la censura que pudieran ejercer los poderes fácticos.

La Constitución estableció la división de poderes: el ejecutivo recaía en manos del Rey y sus secretarios de Despacho, o ministros, el legislativo lo ejercían las Cortes unicamerales y el judicial era potestad de los tribunales de justicia independientes, comunes a toda la Nación.

Como consecuencia del principio de soberanía nacional, la legitimidad del Monarca no provenía del origen divino, sino de la Nación reunida en las Cortes y de las leyes que estas promovieran.

La Constitución de 1812 fue derogada por Fernando VII a su vuelta del exilio en Bayona a manos de Napoleón Bonaparte. Por su importancia, sería objeto de un artículo más extenso por juristas e historiadores. Este estudio cae fuera del ámbito e intención de este artículo.

Haciendo un rápido vistazo histórico, siguieron a la Constitución de Cádiz:

La Constitución de 1837 que se promulgó durante la regencia de María Cristina de Borbón y estuvo vigente desde 1837 hasta 1845.

La Constitución de 1845 que fue la norma suprema durante el reinado efectivo de Isabel II, que sustituyó a la Constitución de 1837 norma suprema durante su minoría de edad, vigente desde 1845 hasta 1868.

La Constitución de 1869 fue la Constitución aprobada bajo el Gobierno Provisional de 1868-1871, tras el triunfo de la Revolución de 1868 (la Gloriosa) que puso fin al reinado de Isabel II y el inicio del Sexenio Democrático. Fue la Constitución que estuvo vigente durante el reinado del Rey Amadeo I, duró desde 1869 hasta 1873.

La Constitución de 1876 fue promulgada el 30 de junio de 1876 por Antonio Cánovas del Castillo y fue la base de la Restauración borbónica.​ Estuvo vigente desde 1876 hasta 1923.

La Constitución de 1931 fue aprobada el 9 de diciembre de 1931 por las Cortes Constituyentes, tras las elecciones generales españolas de 1931 que siguieron a la proclamación de la Segunda República, y estuvo vigente hasta el final de la guerra civil en 1939.

En buen rigor histórico, si bien no tiene el título de “constitución”, habría que acabar mencionando la “Ley de Principios del Movimiento Nacional o Ley de Principios Fundamentales del Movimiento”. Establecía, como su nombre indica, los principios en los cuales estaba basado el régimen, los ideales de patria, familia y religión, junto con el máximo respeto de las Leyes Fundamentales y al régimen franquista instaurado en aquel entonces. Fue promulgada directamente por Franco y aprobada por las Cortes mediante aclamación.

Hasta aquí este breve repaso del constitucionalismo español. Espero amable lector haber sabido interesarte o incluso buscar más información sobre la historia contemporánea de España. Puedo asegurarte que es probablemente uno de los periodos más apasionantes. Quizás este conocimiento también nos ayude a comprender mejor los hechos actuales. Recordemos que:

“El pueblo que no conoce su historia está condenado a repetirla”

Gracias por vuestro interés y por leerme.

 

 

 

Albert Mesa Rey | Escritor

 

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