Desocupación de viviendas, otra reacción ciudadana| Sergio Fdez Riquelme

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Cuando un Estado parece dedicarse a temas ideológicos que interesan solo a las clases dirigentes y a sus lobbies de presión minoritarios, en la sociedad civil surgen grupos, movimientos y negocios que hacen frente a las demandas ciudadanas, concretas y urgentes, que el poder público deja de lado y que afectan a una amplia mayoría de la población, real o simbólicamente.

En los últimos años, de manera paralela al desarrollo de reformas legales más propias de una abstracta ingeniería social y a la financiación arbitraria de proyectos de esas minorías elegidas, numerosos campos de interés ciudadano desatendidos son objeto de consideración, altruista o lucrativamente, por diversas iniciativas de la sociedad civil. Empresas de cobro de morosos, de seguridad o desocupación rápida; asociaciones de ayuda al necesitado, de defensa de víctimas olvidadas, de zonas rurales despreciadas o de falsos autónomos explotados; educación privada, sanidad privada, gestión privada…

Y uno de estos campos, de enorme impacto mediático, ha sido la demanda ciudadana y la acción empresarial generada ante el fenómeno de la ocupación ilegal de viviendas e inmuebles. Área de acción y negocio surgida, formalmente, en el nacimiento de empresas de desocupación desde 2017 (con la pionera empresa Desokupa de Daniel Esteve), ante la denunciada como indefensión e inseguridad jurídica por la creciente usurpación o allanamiento de la propiedad inmobiliaria.

Un fenómeno de ocupación especialmente visible en España, según las estadísticas frente al resto de la UE, impulsado, general e inicialmente en nuestro país, como reacción de subsistencia ante la dureza de las consecuencias socioeconómicas de la crisis de 2008-2009, con miles de familias abandonadas (muchas de ellas literalmente en la calle, ante el desempleo masivo y la falta de ayudas sociales) tanto por el Mercado como por el Estado. Pero tras la superación posterior y progresiva de la recesión, dicho fenómeno no solo no remitió, sino que alerta cada vez más a los ciudadanos y llena portadas de periódicos. La lentitud de la justicia o las limitaciones policiales, la persistencia de la desigualdad y de altas tasas de paro estructural, el crecimiento de la inmigración ilegal masiva, ciertos discursos políticos que fomentan o legitiman las ocupaciones, las consecuencias de la fallida “burbuja inmobiliaria” y su exceso de viviendas vacías, o la manida identidad sociocultural española ligada a la graciosa picaresca y cierta aceptación de la ilegalidad; diferentes causas, posiblemente todas ciertas y posiblemente todas interrelacionadas, que pueden explicar un problema legal y social que muestra algunos de los fallos evidentes que afectan a una país desarrollado como España..

Fallos que, en función de determinados estudios, subrayan crecientes restricciones o debilidades del sistema público de vivienda, del sistema público de seguridad, del sistema público de justicia y del mismo sistema político nacional. En el primer sistema, encontramos tanto amplias capas sociales sin acceso a una vivienda digna como notables grupos que hacen negocio de la ocupación; en el segundo sistema, la supuesta incapacidad de las fuerzas y cuerpos de seguridad en vigilar y proteger la propiedad privada alta falta de recursos o de autoridad; en el tercer sistema, una normativa no reformada pese a la demanda pública, que desprotege al propietario de una vivienda o un local durante años; y en el cuarto sistema, con partidos que prometen protección social y se limitan a prestaciones de mera subsistencia, y con determinados políticos que justifican la entrada y posesión ilegal de viviendas por el desigual acceso de la ciudadanía a un hogar (por ejemplo, Podemos y sus socios autonómicos).

Pese a la modificación legal del 2 de julio de 2018, con la llamada “ley antiokupas”, y su pretensión de acelerar los plazos y los trámites de los desalojos, el fenómeno ha crecido exponencialmente. Según datos del propio Ministerio del Interior (Sistema Estadístico de Criminalidad, SEC), desde el año 2016 había crecido casi un 50% esta práctica ilegal, con una media diaria de 41 denuncias en 2019 (2.407 más que el año anterior), y según el Instituto Nacional de Estadística en 2018 se habían dictado 6.028 sentencias relacionadas con la ocupación y se calculaba que 90.000 domicilios habían sido ocupados (siendo Cataluña la región más afectada, con más de veinte denuncias al día en 2020). Datos que para algunos expertos eran aún mayores, al no contabilizarse ocupaciones situadas entre el allanamiento y la usurpación, otras en las que por miedo o presión no se denunciaba a la Policía, y algunos casos de desahucio que no se llegaban a realizar. Por ello, y siguiendo los datos del Consejo de Administradores de Fincas, en 2019 ni más ni menos que el 60% de las viviendas vacías han tenido casos de ocupación, y según determinadas informaciones la cifra total de inmuebles ocupados en España podría superar la cifra de los 200.000.

Problemas sistémicos que han provocado la génesis, extensión, e impacto mediático consecuente, de los negocios ligados a las prácticas de desocupación, con sus virtudes y con sus defectos, entre la exigencia ciudadana y los límites de la legalidad.  Y un impacto tan grande en medios y redes, que ha provocado que algunos partidos recogieran el testigo de la demanda ciudadana (como Vox) o que el Ministerio de Interior se viera obligado a cambiar parcialmente su protocolo de actuación policial ante ciertas ocupaciones (Instrucción 6/2020 con el ‘Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles’) pese a que meses antes negaba que las mismas fueran un problema social.

Por ello, este y otros fenómenos impelen a “desideologizar” de una vez el Estado del Bienestar español, reivindicándolo como un instrumento público que deben atender las necesidades ciudadanas verdaderas y básicas, exigiendo tanto el cumplimiento de los derechos reconocidos como de las obligaciones exigidas (mejorando la eficacia u eficiencia de las prestaciones sociales, y luchando contra la economía sumergida tan extendida). Como señala el art. 47 de la Constitución española, “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho”. Frente a otros gastos superfluos, el Estado debiera usar sus recursos para ayudar a quién objetivamente no puede acceder a una solución habitacional en condiciones, pero sobre todo desde su acceso a un trabajo responsable y estable que la financie; es decir, en esta y otras áreas, apoyar a personas concretas en exclusión y no impulsar ideas abstractas que excluyen. Y como señala el art. 33 de la misma, “se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia” y “nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”. Frente a lagunas y fallos, el Estado debiera proteger inmediatamente las propiedades de aquellos ciudadanos que con su trabajo y esfuerzo (o el de sus padres) las han adquirido, como hogar, inversión o alternativa vacacional, de ocupaciones a corto o medio plazo que las deterioran, les detraen ingresos o les generan situaciones de inseguridad a ellos y a los vecinos; es decir, una administración que escucha a la calle y no a los discursos ideológicos dominantes.

Sergio Fernández Riquelme | Profesor. director Razón Histórica

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