«Palo» al fraude electoral: el 23-J será obligatorio el DNI para votar por correo

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

Tras la polémica suscitada con el presunto fraude de votos por correo en Melilla, la JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio

El votante por correo deberá identificarse al depositar su sobre de votación en la oficina de correos correspondiente

Tras la polémica suscitada con el presunto fraude de votos por correo en Melilla, la JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio y ha señalado que si no se pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, se deberá otorgar una autorización para que la entregue otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.

Melilla sentó el precedente

Se trata de una medida que se aplicó excepcionalmente para los votantes de Melilla en los comicios locales del pasado 28 de mayo ante las sospechas de un posible fraude tras las denuncias de robo de documentación electoral y la investigación abierta al respecto. La legislación obliga a identificarse con el DNI a la hora de solicitar el voto por correo y recoger la documentación, pero ya no se considera necesario cuando, días o semanas después, ese mismo elector ejerce su derecho y entrega su voto en la oficina de Correos.

Pero el caso de Melilla, donde las solicitudes del voto por correo se dispararon hasta casi el 20% del censo y hubo denuncias de sustracción de la documentación electoral que se iba a enviar a electores, aconsejaron a la Junta Electoral de la ciudad autónoma exigir el DNI al emitir el voto por correo. En su momento la JEC avaló la instrucción e incluso extendió la exigencia de esta medida extraordinaria a todas las oficinas de correos del resto de España, aunque sólo para votantes censados en Melilla.

Así, el votante por correo deberá identificarse al depositar su sobre de votación en la oficina de correos correspondiente. Y si no pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, deberá otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.

El Gobierno desoyó varios avisos en el Congreso para evitar fraudes en el voto por correo

Deja un comentario