Aumenta el plazo necesario para echar a un okupa: se tarda casi dos años

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
casa okupada

El periodo medio de los procedimientos verbales y las apelaciones alcanzó 20,5 meses en 2022, según el CGPJ.

Los expertos piden cambios normativos urgentes

La okupación se ha convertido en uno de los principales quebraderos de cabeza para los propietarios y en una lacra que ya afecta a cerca 100.000 inmuebles en toda España, según estima la Plataforma de Afectados por la Ocupación.

Una prueba de la preocupación que está generando el fenómeno de la okupación, concretamente el de las mafias que se dedican a okupar pisos, la tenemos en que las aseguradoras están lanzando productos y coberturas en esta materia.

El plazo medio para desokuparlo se ha ampliado hasta alcanzar 20,5 meses

Sigue aumentando el tiempo que deben esperar los propietarios en España para tener una sentencia que permita desalojar a los okupas de las viviendas. Actualmente, el plazo medio se ha ampliado hasta alcanzar 20,5 meses, entre los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales.

Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el periodo medio de los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas en los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de lo Civil se situó en 10,9 meses en 2022, frente a los 9,6 meses de un año antes. En solo cuatro años, el plazo se ha más que duplicado (en 2018, el promedio en el conjunto del país se encontraba en 4,9 meses).

Pero a esos tiempos hay que añadir lo que tardan las apelaciones de sentencias en las Audiencias Provinciales en procedimientos civiles, que en 2022 registraron una media de 9,6 meses, también por encima de los 8,5 meses de los dos años anteriores y de los menos de 7 meses contabilizados en 2017 y 2018.

En ambos casos, se trata de la cifra más alta de la serie histórica del CGPJ y eleva el plazo medio total en más de dos meses respecto a 2021, tras pasar de 18,1 meses a los 20,5 actuales. Sin embargo, los datos difieren en función de las comunidades autónomas.

Diferentes plazos en las CCAA

En regiones como Baleares, Canarias, Castilla y León y Comunidad Valenciana, el procedimiento en primera instancia supera los 11 meses e incluso el año, algo que sucede en Andalucía y Murcia. Al otro lado de la tabla están La Rioja, Navarra y País Vasco, con una media inferior a los siete meses.

Si a esos plazos añadimos los promedios autonómicos de las Audiencias, cuatro de esas regiones repiten en lo alto de la clasificación nacional, con periodos superiores a la media. Se trata de Andalucía (22,5 meses), Baleares (23,2 meses), Canarias (23,5 meses) y Castilla y León (31,5 meses). En este último caso, cabe destacar los casi 20 meses que se retrasan las apelaciones de sentencias, lo que más que duplica el promedio nacional. Esto provoca que el plazo total supere los dos años y medio.

Estos son los ‘tiempos de espera’ para desalojar a un okupa en cada comunidad autónoma en 2022:

La nueva ley de vivienda promocionará aún más la okupación

Los expertos critican que cada vez se tarde más en desalojar a un okupa, algo que se produce, por el mal funcionamiento de la Administración de Justicia por la falta de medios, además, por “las diferentes huelgas que se están produciendo.

Esta la tendencia irá a más, ya que al atasco judicial se une ahora la nueva Ley de Vivienda, una normativa que promociona la okupación y que va a incrementar aún más los tiempos que se tardan en desalojar a los okupas “por toda la serie de requisitos y trámites que exigen para poder interponer un procedimiento judicial de estas características”. Todo ello, insiste, está provocando que muchos propietarios opten por vender para no tener un inmueble susceptible de que pueda okuparse y hace que se pierda la confianza de los inversores.

Reacciones de los colectivos afectados ante la nueva ley de vivienda

Ricardo Bravo, portavoz de la Plataforma de Afectados por la Ocupación (PAO), sobre la Ley de Vivienda, critica que “hasta ahora la paralización de los desahucios era algo provisional que se había impulsado vía decretos desde 2020, en plena pandemia. Pero con la ley ahora es permanente, por lo que será un problema hasta que se cambie la normativa o se derogue”.

Para José Ramón Zurdo, abogado especializado en arrendamientos y director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), el problema de los retrasos a la hora de desalojar a los okupas con una sentencia en firme es la legislación. “Se ha legislado así, sobreprotegiendo al inquilino, con toda una serie de medidas donde los procesos judiciales se alargan cada vez más y todo ese tiempo, de impagos y destrozos de la vivienda, los padece el propietario”.

En su opinión, “es un error grave que es consecuencia directa de los distintos decretos ley que se han aplicado y la reciente aprobación de la Ley de Vivienda, donde se le ha dado más peso a los derechos del okupa frente a los derechos legítimos del propietario de la vivienda ocupada”. “Es una barbaridad”, añade.

En esa misma línea, Montserrat Junyent, presidenta de la patronal inmobiliaria FADEI, critica que la Ley de Vivienda haya traído un cambio en la Ley de Enjuiciamiento Civil que provoca que “el proceso para recuperar una vivienda todavía sea más complejo”. Junyent recuerda que la normativa protege a los ‘inquilinos ilegales’ “de forma inaudita, lo que aumenta la burocracia y nos sitúa a la cola de Europa en esta materia”. Con estos cambios, agrega, “se abre un escenario sin sentido que va a ir a más”.

Medidas para acabar con la okupación

Desde la Agencia Negociadora del Alquiler proponen tres cambios jurídicos para luchar contra este problema. El primero, establecer penas de prisión menores (de 6 a 12 meses) para el delito de usurpación de viviendas. En segundo lugar, que los jueces, previa solicitud, admitan la cautelar del desalojo de la vivienda ocupada antes de empezar los procedimientos. Y, por último, que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado tengan la capacidad de desalojar a los ocupas en los primeros días sin la autorización judicial.

“Con la reforma de un artículo del Código Penal, otro de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además de nuevas instrucciones aclaratorias de la Fiscalía General del Estado, se darían herramientas decisivas a los jueces y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para agilizar de forma definitiva el fenómeno de la ocupación de viviendas. Si no se hacen estos cambios, a lo mejor es porque a nuestros políticos, mirando por intereses electorales y no por el interés general, no les interesa hacerlos”, insiste José Ramón Zurdo.

La presidenta de FADEI, por su parte, defiende eliminar los cambios que incluye la Ley de Vivienda para evitar los desahucios y “recuperar las iniciativas de desalojos exprés que se estaban planteando, así como dar margen a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para que tengan opciones de llevar a cabo desalojos de okupas de forma rápida y efectiva”, recalca Junyent.

Para la socia de Círculo Legal Barcelona, la clave está en “dotar de más medios a la Administración de Justicia, porque los juzgados están saturados y les faltan medios materiales y humanos para poder asumir toda la carga de trabajo. También deben establecerse medidas policiales, como en nuestro entorno europeo, para que no sea necesario llegar a estos procedimientos, sino que se puedan realizar desalojos inmediatos en aquellas situaciones que son claras y, en definitiva, modificar la tendencia legislativa para que los propietarios puedan defender sus derechos correctamente y no tengan que suplir al Estado en su función de dar una vivienda a todos los ciudadanos”.

Por último, la PAO reclama ayudas directas a los propietarios, como por ejemplo a través de la condonación de la deuda o para pagar las costas de los abogados, o bien, que la ley obligue a los okupas a hacerse responsables del perjuicio que provoquen. “Lo que pedimos es que se reviertan los problemas económicos y psicológicos, pero el sistema está hecho para invisibilizarnos”, concluye Ricardo Bravo.

(con información de Idealista)

 

Deja un comentario