Unanimidad: el Consejo de Estado, el CGPJ y colectivos feministas en contra de la ley Trans

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El Consejo de Estado reclama informes médicos y aval judicial para los menores

El hace público organismo el informe que remitió al Gobierno y que éste ha ignorado.

Tras la polémica aprobación del sectario e injusto  proyecto de ley Trans  impulsado por  Irene Montero , este martes el  Consejo de Estado  ha hecho público el informe que remitió al Gobierno y en el que dejaba claro su  total desacuerdo con los puntos fundamentales  de la nueva normativa.

El organismo se abre frontalmente tanto a la libre autodeterminación de los menores como al hecho de que cualquier persona puede cambiar su género sin respaldo de ningún informe médico.

El Gobierno «pasa»

A pesar de que su razonamiento coincide con el también publicado por el  Consejo General del Poder Judicial , el Ejecutivo ha decidido hacer  caso omiso a sus recomendaciones , amparándose en que las mismas no tienen carácter vinculante. 

Causas del rechazo

En primer lugar, el Consejo de Estado rechaza que los menores puedan cambiar su género sin intervención judicial , algo que únicamente se exige para los menores de 12 a 14 años. Entre los 14 y los 16, es suficiente la asistencia de padres o tutores y, a partir de los 16, ni siquiera eso. «La intervención judicial se convierte en una  garantía fundamental para el menor de edad  que expresa su deseo de transitar de un sexo a otro», defiende el informe.

Según la ministra de Igualdad, si se necesitase el permiso del juez, «no se estaría teniendo en cuenta la madurez de cada menor». Para el Consejo de Estado, sin embargo, la situación es exactamente la contraria: «La flexibilidad con la que se ha concebido el expediente mencionado de jurisdicción voluntaria -en el que, como se ha señalado,  el juez comprobará, entre otros extremos, la madurez del menor  para comprender y evaluar las consecuencias de su decisión- hacen que dicho procedimiento de aprobación judicial constituya un cauce procedimental especialmente adecuado para evaluar las circunstancias de cada caso concreto y, de esta forma, velar por el interés superior del menor, tal y como ha sido interpretado por nuestra jurisprudencia y doctrina constitucional».

En este sentido, el informe advierte de que  omitir este paso podría «favorecer que se tomen decisiones precipitadas , no asentadas en una situación estable de transexualidad», lo que, «a la postre, podría terminar repercutiendo de forma negativa en el libre desarrollo de la personalidad del sujeto». Una advertencia, esta última, que coincide con la que el Poder Judicial ya esgrimió en un informe publicado el pasado mes de abril.

La importancia de los informes  medicos

Por otro lado, el Consejo de Estado arremete contra la obsesión del Gobierno por «despatologizar» la transexualidad, lo que, en la práctica, se traduce en que el cambio de género no precisa «en ningún caso» de informes médicos : «No parece necesario ni proporcionado desvincular la rectificación registral de la mención relativa al sexo de todo  elemento probatorio que acredite, de un modo u otro, certeza estabilidad  en la identidad sexual probablemente definida por la persona».

Según reza el texto remitido al Gobierno, «la exigencia de tal informe médico o psicológico constituye una garantía para el solicitante que debería ser mantenida  en aras de la protección de la persona  que libremente decide transitar de un sexo a otro».

El informe del CGPJ

A finales de abril, el Consejo General del Poder Judicial terminó por unanimidad un informe a en el que también proponía aumentar a los 18 años la edad para que una persona pueda solicitar el cambio de sexo en el Registro Civil. Además, advertía sobre determinados puntos de la ley que podrían  vulnerar los derechos de las mujeres .

Así, según el máximo órgano de Gobierno de los jueces, el anteproyecto contenía  disposiciones que «contradicen el derecho fundamental a la igualdad» , en la medida en que propician el «indeseado efecto de generar situaciones de discriminación positiva y, por tanto, de discriminación por lo general indirectamente de aquellas personas no contempladas en su ámbito subjetivo de aplicación, especialmente significativa respecto de las mujeres no transexuales». Las feministas también se han opuesto radicalmente a esta ley .

(Con información de Libertad Digital)

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