Nuevos IVAs
El acuerdo establece que se mantendrá la obligación de aplicar un tipo general por encima del 15% y se tendrá la posibilidad de aplicar dos tipos reducidos tan bajos como el 5% a bienes y servicios en hasta 24 categorías. Asimismo, se permite aplicar un tipo reducido inferior al 5% y una exención («tipo cero») a un máximo de 7 categorías de la lista que se considera que cubren las necesidades básicas, entre los que se citan productos alimenticios, medicinas y productos farmacéuticos.

Pues bien, en esta categoría España tiene: pan común, harinas panificables, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, libros, periódicos, medicamentos, vehículos para personas con movilidad reducida, sillas de ruedas, prótesis, viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, servicios de reparación de los vehículos y de las sillas de ruedas para personas con discapacidad y los servicios de adaptación de autotaxis y autoturismos anteriores, arrendamientos con opción de compra de edificios o partes de los mismos destinados solo a viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública y los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial a las personas en situación de dependencia.

Objetivos climáticos

La Comisión Europea estima que estas nuevas normas ofrecerán a los gobiernos más flexibilidad en los tipos que pueden aplicar y garantizarán la igualdad de trato entre los Estados miembros. Al mismo tiempo, la legislación actualizada adaptará las normas del IVA a prioridades comunes de la UE, tales como la lucha contra el cambio climático, el apoyo a la digitalización y la protección de la salud pública.

En este sentido, entre los nuevos productos y servicios añadidos a la lista de tipos reducidos figuran los que protegen la salud pública, son buenos para el medio ambiente y sostienen la transición digital. Además, se eliminará de aquí a 2030 de la posibilidad de que los Estados miembros apliquen tipos reducidos y exenciones a bienes y servicios considerados perjudiciales para el medio ambiente y para los objetivos de la UE en materia de cambio climático.

(Adelante España con información de VozPopuli)