Lucha judicial Familias Numerosas | María Menéndez

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Uno de los objetivos de la asociación de familias numerosas de Madrid es reclamar justicia para las familias. Demandar justicia en situaciones injustas, que se pida expresamente un cambio o modificación legislativa.

Sin embargo, lo que nos encontramos casi siempre es que la Administración y los órganos institucionales nos dejan bajo las patas de los caballos y en vez de resolver determinadas situaciones injustas para las familias CON UNAS NORMAS, INSTRUCCIONES O DISPOSICIONES, miran para otro lado o se hacen los “suecos” o se excusan en una reinterpretación de la ley o de la norma que casualmente siempre les beneficia a ellos y las familias/ciudadanos quedan como lloricas limosneros sacacuartos en el mejor de los casos. En el peor, son casi asesinos en serie por querer reclamar un derecho ya reconocido.

Vamos, que la acción legislativa es para su beneficio, bien en forma de votos o de prestigio o beneficio personal. Casi nunca es para el bien común, como servicio a la sociedad, para mejorar la vida pública de los ciudadanos.

Bajando a la realidad, desde las asociaciones se logró, después de mucho tiempo, que el político legislara a favor de las familias numerosas para modificar la ley y que esta beneficiara a todos los hijos de la familia por igual. Que la credencial de ser familia numerosa fuera igual hasta el último de los hijos.

La primera piedra en el camino fue la ausencia de retroactividad, dejando a miles de familias en la estacada. Y la segunda fue rebajar la categoría a medida que salían los hijos del título por edad. Dos situaciones que son contrarias al espíritu de la modificación legislativa.

Como la familia está transferida a las diferentes Comunidades Autónomas, los gobiernos regionales se encargaron de solicitar al abogado del estado que reinterpretara la ley aprobada, para evitar miles de familias reclamado sus derechos.

El juzgador se encuentra limitado a la hora de aplicar la justicia. Sólo se pronuncia sobre lo que es justo cuando no hay que aplicárselo a muchas familias. Es decir, aquí como han sido muchas familias la que se han visto perjudicadas, no se puede hacer un reconocimiento expreso para todas, por lo que conllevaría económicamente, pero no porque no sea justo.

La mayor parte de la culpa la tienen los políticos, que siempre son restrictivos para dar beneficios a las familias, porque no es que sean restrictivos en general, dado que para otras cosas sí que se derrocha. El gran problema es la falta de prioridades a la hora de gobernar un estado. ¿Cómo la familia, que es el eje principal de una sociedad sana, no es una prioridad para el Estado? Habría que incentivarla siendo generoso en beneficios sociales, o por lo menos en lo más básico y lo que le corresponde por derecho. Este derecho debería reflejarse en una legislación permanente de políticas públicas para incentivar, promover y proteger un bien público como es la familia.

Debido a todas estas consideraciones y otras más, provocaron que las familias se vieran abocadas a iniciar una lucha judicial. Lucha desigual pues la Administración, primer escalón, tiene la baza del silencio administrativo negativo. Ellos guardan silencio para ganar y el ciudadano/familia tiene que esperar tres meses y reiniciar los pasos en un nivel administrativo más alto. En cada reinicio la espera es de tres meses, aunque siendo pillos se puede esquivar este camino tan largo y reclamar directamente a la instancia más superior, la presidencia del gobierno regional. Tras este tiempo de lucha infructuosa, se inicia ya la batalla judicial propiamente dicha, buscando abogados y procuradores que no vacíen el bolsillo de la familia/ciudadano.

Apostando por una protección del ciudadano/familia por su vulnerabilidad frente a la Administración y grandes empresas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya ha condenado a España en este sentido. Entes que, por ejemplo, pueden permitirse el lujo de incumplir la ley a sabiendas, puesto que son conscientes de que la inmensa mayoría de los afectados o perjudicados no acudirá a los tribunales, de modo que, aunque esos entes pierdan todos los pleitos, saldrán ganando porque sólo tendrán que devolver el dinero a los pocos que pleiteen (y ganen). Algunas empresas incluso se permiten el lujo de no recurrir las sentencias de Juzgados que las condenan y las cumplen sin rechistar, porque, sabiendo que su estaría condenado al fracaso, prefieren perder en un juzgado antes que hacerlo en un tribunal superior (no digamos el Tribunal Supremo) que pudiera dictar una o varias sentencias que actúen como precedente y generen una oleada de reclamaciones de consumidores, destinadas a prosperar.

La sentencia a la que me he referido antes del TJUE (ECLI:EU:C:2023:663) de 14 de septiembre, abre una puerta muy interesante. Dicha sentencia llegó tras una cuestión prejudicial planteada por el TSJ de Galicia, que establece que el tribunal que conozca de ese pleito, que el ciudadano se ha visto obligado a iniciar debe ordenar a la Administración «no solo que conceda al interesado el complemento de pensión solicitado, sino también que le abone una indemnización que permita compensar íntegramente los perjuicios sufridos efectivamente como consecuencia de la discriminación, según las normas nacionales aplicables, incluidas las costas y los honorarios de abogado en que el interesado haya incurrido con ocasión del procedimiento judicial, en caso de que la resolución denegatoria se haya adoptado de conformidad con una práctica administrativa consistente en continuar aplicando la referida norma a pesar de la citada sentencia, obligando así al interesado a hacer valer su derecho al complemento en vía judicial».

Se trata, en definitiva, de que incumplir la Ley (en este caso, continuar aplicando una norma que se sabe que es discriminatoria) no le salga gratis a la Administración. Esto obliga (este es el avance derivado de la sentencia) a pasar por encima de las normas nacionales sobre costas procesales, que no permitirían recuperar ese costo forzado por la Administración.

Hasta ahora más o menos nos ha ido bien. Hemos ganado todas las batallas judiciales. Unas veces más rápido y otras veces menos. Y siempre con la desventaja de que a veces la sentencia favorable llegaba tarde, muy tarde.

Recuerdo una sentencia ganada y el gasto que tenía que restituir el gobierno madrileño, tardó tanto que uno de los padres de la familia en cuestión falleció en medio del proceso.

Y ese es otro obstáculo, el de las costas. No solo te dejan bajo las patas de los caballos teniendo solo la opción de vía judicial para reclamar justicia, con el coste que supone y si el juez no sentencia a favor, te hacen pagar las costas. Además. Pagas tres veces: los impuestos, los abogados y las costas.

La ultima batalla la hemos ganado en el Supremo. El 23 de marzo de 2023, STS 387/2023 de la Sección Cuarta del Tribunal Supremo, de la Sala de lo contencioso administrativo.

Conseguimos, 8 años después, que la categoría especial (5 hijos o más o excepción con 4 hijos por discapacidad o renta) se mantuviera, aunque el número de hijos se redujera. Algo que se supone garantizaba el espíritu de la modificación de la ley 40/2003 en la DF5ª de la ley de infancia de julio de 2015.

Pero como este mantenimiento de la categoría especial no favorecía a la Administración, nos dejaron que tuviéramos que pelearlo.

Hasta aquí logramos vencer tras una ardua lucha, larga y penosa, gastando tiempo, esfuerzo y dinero. Sin embargo, la única sentencia que hemos perdido, en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde a una familia de 7 hijos les niegan esta categoría especial, aunque el Supremo dice sentencia contraria. Y que, en otra Comunidad autónoma, por ejemplo, en Castilla la Mancha, se mantenga la categoría especial por la excepción de la renta.

Ya sea por un tribunal determinado, por un gobierno regional, por el momento en reclamar justicia o por el tiempo que se toman en decir lo que ya decía la ley pero que no les beneficiaba, … el caso es que las familias/ciudadanos salen perdiendo. De una u otra forma. Somos los pringados que queremos ganar a la banca en un salón de juegos. Lo que pasa es que en un salón de juegos entro si quiero y bajo mi responsabilidad y con mi voluntad. Pero en lo público, no es mi voluntad ni mi responsabilidad, es la bota dictatorial del que tiene el poder que las familias/ciudadanos le han otorgado porque nos han impuesto que la forma de llegar ellos al poder es que yo les vote cada cuatro años.

Hace poco alguien demandó que las decisiones de la Justicia y la Administración llegan tarde y mal y que por esos motivos las sentencias no ayudan. Si te dan de desayunar a las tres de la tarde, ni es desayuno ni es beneficioso porque a esa hora tocaría comer y te habrían negado darte alimento al iniciar el día. Con la justicia pasa lo mismo.

Seguiremos peleando para que las cosas cambien, que para eso está la asociación. Un primer paso es el anuncio de Ayuso de que en la Comunidad de Madrid el silencio administrativo comenzará a ser positivo, para que la familia/ciudadano no sea tan vulnerable. Que esto sirva de presión para que no valga solo la promesa, incluso la voluntad de ponerlo en marcha, sino llevarlo a cabo y finalizarlo. En definitiva, buscamos que el político se proponga sacar adelante lo que es justo y bueno para el bien común, en este caso priorizar ayudas, protección y promoción de la base de la sociedad, la familia.

Presidente Asociación Familias Numerosas de Madrid

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