Aprobada la Ley de Familias: Promoción de las «familias lgtbi» y parejas de hecho, prohibición del pin parental, eliminación familias numerosas…

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El Consejo de Ministros ha aprobado la Ley de Familias, una norma impulsada por el ministerio de la comunista Ione Belarra

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la Ley de Familias que equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, fomenta las denominadas «lgtbi» , elimina el pin parental y a las familias numerosas y extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos.

El anteproyecto de ley de Familias fue aprobado en primera lectura el pasado mes de diciembre, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Tras su aprobación se remitirá al Congreso de los Diputados donde se solicitará su tramitación por la vía de urgencia.

Claves de la nueva Ley de Familias

Familias LGTBI

– La ley también genera un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, aquellas con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, adoptivas o acogedoras. Asimismo, los hijos de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

‘PIN parental’

– Prohíbe el pin parental, es decir, que los padres y tutores impidan el acceso a contenidos sobre diversidad familiar en los centros educativos. «los progenitores o adultos responsables no podrán limitar o impedir el acceso de niñas, niños y adolescentes a la información y su participación en actividades de sensibilización y difusión de la diversidad familiar que se desarrollen en el marco educativo, a fin de evitar una restricción de sus derechos a la educación y al libre desarrollo de su personalidad».

Trastocamiento del concepto de familia

– Se equipara las familias monomarentales a las familias numerosas: la norma contempla la creación de un nuevo título acreditativo, el de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza, que conlleva los mismos beneficios y derechos de los que disfrutan las conocidas hasta ahora como familias numerosas. Este nuevo paraguas creado por el Ministerio incorpora también a las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad; las familias con dos hijos encabezadas por una víctima de violencia de género o por un cónyuge que haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos, y las familias con dos hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.

– Cambios en la familia numerosa especial: pasarán a considerarse familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza de categoría especial las familias que estén formadas por cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de partos múltiples, en vez de cuatro como en la actualidad, y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150% del IPREM).

– Equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho: estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.

(Con información de agencias/La Razón)

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