Coloca en el punto de mira a los agentes, en pleno aumento de agresiones a policías y guardias civiles (más de mil al mes) y pasando a ser casi los delincuentes.
El atestado policial perderá la presunción de veracidad.
¿Pero qué dice exactamente ese controvertido epígrafe?
El hecho de que se «esconda» entre las últimas páginas del documento y que estemos en plena negociación de Sánchez con las fuerzas independentistas, las mismas que promovieron y exigieron la derogación de la Ley 4/2015 de Seguridad Ciudadana tachándola de «ley mordaza», levanta alguna que otra sospecha. Por todo ello, los agentes dan la voz de alarma ante esta nueva provocación, que una vez más se hace «de espaldas» a los policías y les «deja vendidos», provocando una gran «inseguridad jurídica». El hecho de hacer hincapié en «la identificación de los agentes» es lo que más controversia genera, pese a que esta regulada ya en varias normativas, ya que pone en el punto de mira a los policías.
1 Grabar a las Fuerzas de Seguridad no constituirá infracción. Contemplaba la eliminación del ordenamiento jurídico de la prohibición de difundir imágenes de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sin autorización previa.
2 Las manifestaciones espontáneas no tendrán que ser comunicadas previamente. Esta medida chocaba con el artículo 21.2 de la Constitución que señala la obligación de comunicación previa a la autoridad en los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones.
3 Se reduce el tiempo de la detención. Las personas que se negaran a identificarse podrían ser retenidas hasta dos horas, cuando antes el período máximo establecido era de 6 horas.
4 El detenido será devuelto al lugar donde se inició la intervención. En la ley del PP del 2015, el detenido permanecía en comisaría.
5 El atestado policial perderá la presunción de veracidad. Este cambio suponía un cambio radical, ya que, según los agentes, de la presunción de veracidad se pasaba directamente a la «presunción de culpabilidad», lo que generaría gran «inseguridad jurídica».
7 DNI plurilingüe. En un claro guiño a sus socios nacionalistas e independentistas, el Documento Nacional de Identidad (DNI) iba a estar «configurado en las diversas lenguas cooficiales propias del lugar de residencia del solicitante».
8 Cambios en el material antidisturbios. La norma establece que se utilice siempre el medio menos lesivo. De hecho, este punto fue clave para que los independentistas no apoyaran la reforma propuesta por el Ejecutivo, ya que insistían en la prohibición expresa de las pelotas de goma.
9 Evitar cacheos denigrantes y desnudos. En una de las enmiendas presentadas, se establecía que durante la actuación policial no se dejara a la vista la totalidad del cuerpo, ni tampoco de manera sucesiva cada una de sus partes.
10 Infracción leve por tenencia de drogas. Hasta ahora, la posesión de sustancias estupefacientes, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en la vía pública y en establecimientos es una infracción grave.
(Con información de La Razón)