Calificándolo de “arbitrario y caprichoso”, la Corte Suprema del Estado de Nueva York anuló el lunes el mandato de vacunación COVID-19 de la ciudad de Nueva York para los trabajadores públicos, fallando a favor de 16 trabajadores de la ciudad no vacunados que habían demandado después de su despido.
El fallo del juez Ralph J. Porzio se aplica no solo a los 16 trabajadores que demandaron, sino también a todos los empleados públicos de la ciudad de Nueva York, incluidos la policía y el departamento de bomberos.
“Acabamos de derrotar el mandato de vacunación para todos los empleados de la ciudad, no solo el saneamiento”, declaró el abogado Chad LaVeglia, quien representó a los demandantes, luego del fallo del juez Porzio.
En una entrevista, la abogada radicada en Nueva York, Sujata Gibson, dijo: “Esta decisión es una gran victoria para los empleados de la ciudad de Nueva York. El abogado LaVeglia hizo un gran trabajo al articular cuán arbitrarios son realmente estos mandatos». “Si bien el caso sin duda será apelado, creo que este caso y las otras grandes victorias recientes en los tribunales estatales y federales indican que las fichas de dominó están cayendo”.
Mandato declarado inconstitucional, en violación del principio del debido proceso
En su fallo, el juez Porzio se centró en el trato diferencial otorgado a ciertas clases de empleados del sector privado en comparación con los empleados del sector público y otros empleados del sector privado.
El juez Porzio dijo que el alcalde de la ciudad de Nueva York, Eric Adams, “tomó una decisión diferente para personas en una situación similar basada en hechos idénticos” al emitir la Orden Ejecutiva de Emergencia 62 . La orden ejecutiva de Adams eximió a los atletas, artistas y artistas del mandato de vacunación de la ciudad.
El juez Porzio describió esta distinción como “arbitraria y caprichosa”, escribiendo en su decisión: “Esta es claramente una acción arbitraria y caprichosa porque estamos tratando con personas idénticas no vacunadas que son tratadas de manera diferente por la misma agencia administrativa. “Otorgar exenciones para ciertas clases y levantar selectivamente algunas órdenes de vacunación, mientras se mantienen otras, es simplemente la definición de trato desigual. Además, la ejecución selectiva de estas órdenes también es un trato desigual”.
“No hay una razón racional para que los mandatos de vacunación distingan a los trabajadores, atletas, artistas y otros empleados del sector privado de la Ciudad”, escribió el juez. “O hay un mandato para todos, o hay un mandato para ninguno”.
El juez Porzio también señaló que la constitución del estado establece: “Ninguna persona puede ser privada de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal” También argumentó que “debe haber una relación razonable entre el fin que se busca lograr y los medios utilizados para lograr ese fin”.
‘Estados de emergencia destinados a ser temporales’
La decisión del juez Porzio también abordó la legitimidad del “estado de emergencia” de la ciudad de Nueva York y su rechazo general a las solicitudes de exención religiosa de los peticionarios. Según el fallo, 15 de los 16 demandantes que solicitaron exenciones religiosas al mandato de la ciudad recibieron “negativas generalizadas y vagas”.
Este es especialmente el caso, dijo el juez, a la luz de la consideración de que “los estados de emergencia deben ser temporales [énfasis en el original]”. El juez Porzio escribió: “La pregunta que se presenta es si el Comisionado de Salud tiene la autoridad para promulgar una condición de empleo permanente durante un estado de emergencia. “Este Tribunal determina que el Comisionado no tiene esa autoridad y ha actuado más allá del alcance de su autoridad bajo la Ley de Salud Pública y en violación de la separación de poderes. “Los peticionarios del presente no deberían haber sido despedidos por no cumplir con la Orden del Comisionado durante un estado de emergencia temporal [énfasis en el original]”.
No figura necesidad de vacunación en el convenio laboral
El fallo señaló además que, según el contrato colectivo de trabajo negociado por el sindicato de trabajadores, que entró en vigencia el 20 de enero de 2019 y permanece vigente hasta el 27 de diciembre de 2022, “no se menciona absolutamente ninguna vacunación como un condición o requisito previo para el empleo”.
El juez Porzio escribió: “¿Cómo se puede crear una ‘condición de empleo’ durante el período de empleo? Este Tribunal considera que no se puede imponer una nueva ‘condición de empleo’ a estos empleados cuando la ‘condición’ no existía cuando aceptaron el empleo contratado”.
Si bien el juez Porzio dijo que está “claro que el Comisionado de Salud tiene la autoridad para emitir mandatos de salud pública” y que “nadie está refutando esa autoridad”, también dijo que esta autoridad no incluye la creación de “una nueva condición de empleo”. para los empleados de la ciudad”.
Mandato ‘no sobre seguridad pública’ sino ‘sobre cumplimiento’
El mandato de vacunas de la ciudad de Nueva York para los empleados de la ciudad no se trataba solo de seguridad y salud pública, “se trataba de cumplimiento”, dijo el juez Porzio. El escribió: “Si se tratara de seguridad y salud pública, los trabajadores no vacunados habrían sido puestos en licencia en el momento en que se emitió la orden. Si se tratara de seguridad y salud pública, nadie estaría exento. Es hora de que la ciudad de Nueva York haga lo correcto y lo justo”.
El juez también cuestionó la lógica de mantener el mandato de la vacuna a la luz de los recientes desarrollos a nivel estatal y federal, y porque se ha demostrado que las vacunas contra el COVID-19 no previenen la infección o la transmisión del virus . “A partir del día de esta decisión, las pautas de los CDC con respecto a la cuarentena y el aislamiento son las mismas para las personas vacunadas y no vacunadas”, escribió.
El juez Porzio declaró además: “Hemos aprendido a lo largo de la pandemia que la vacuna contra el COVID-19 no es absoluta. Ocurren casos de avance , incluso para aquellos que han sido vacunados y reforzados. “El presidente Joseph Biden ha dicho que la pandemia ha terminado . El estado de Nueva York puso fin al estado de emergencia por el COVID-19 hace más de un mes”.
El juez reconoció además a los trabajadores que se recuperaron del virus y, por lo tanto, adquirieron “inmunidad natural” en el transcurso de su empleo, antes de su terminación.
Al describir el mandato de la ciudad como «nulo y sin valor», LaVeglia declaró: “Para todos los hombres y mujeres valientes que han sido nuestros primeros en responder y han sido valientes durante todo esto, ahora están libres, y deberían poder volver a trabajar”.
Esta decisión es la última de una serie reciente de fallos que desafían el mandato de vacunas de la ciudad de Nueva York para los empleados públicos que han ido en contra de la ciudad. Sin embargo, en la mayoría de esos casos, la ciudad apeló.
(Con información de Michael Nevradakis, Ph. D.)