La Plataforma de Afectados por la Ocupación ha publicado una guía con 56 medidas para prever y actuar en casos de ocupación e inquiocupación, remitida a más de 400 ayuntamientos locales, con el objetivo de que «políticos de proximidad puedan afrontar la lucha contra la ocupación e inquiocupación, así como medidas para proteger a las víctimas».

Esta guía está dirigida «tanto a las actuales corporaciones locales como las resultantes tras las elecciones municipales de mayo» y han sido los propios afectados por la okupación los que la han registrado en los ayuntamientos de toda la geografía española, tanto en ámbito rural como en las grandes ciudades de la península e islas, que han sufrido o sufren la ocupación e inquiocupación.

¿Cuál es la diferencia entre ocupación ilegal y inquiokupación?

Los casos de inquilinos que dejan de pagar las rentas a los propietarios se han incrementado significativamente en los últimos años, haciendo que los que alquilan sus propiedades prefieran por no alquilar sus viviendas. Esta práctica es conocida coloquialmente como ‘inquiokupación’ y cada vez es más recurrente en España.

A menudo, este fenómeno suele confundirse con la ocupación ilegal, pero a efectos legales son cosas diferentes.

La ocupación de una vivienda (Ocupación ilegal) se produce cuando una persona comienza a residir en un inmueble que no es de su propiedad sin contar con un contrato vigente de alquiler ni con el beneplácito del propietario. Sin embargo, este término no es jurídico y, como tal, no está incluido en el Código Penal, por lo que, en función del caso, habrá que determinar si se trata de usurpación o allanamiento de morada. La usurpación de vivienda – el caso más habitual actualmente – se produce cuando una persona ocupa, sin autorización del propietario, un inmueble ajeno que no constituya morada.

Medidas que plantea la La Plataforma de Afectados por la Ocupación

Las medidas se agrupan en áreas de actuación que incluyen a la policía local/municipal, servicios sociales, urbanismo, área de padrón, vivienda y promoción del alquiler e incluso propone pautas para la intervención en áreas tensionadas por la ocupación mafiosa.

Aclaran que también se recoge «una serie de medidas para intervenir y paliar las consecuencias de las familias que sufren la inquiocupación, un tipo de ocupación ligada a la aprobación del RD 11/2020, de 31 de marzo y sus sucesivas prórrogas, que evita al mismo nivel los desahucios hipotecarios y los de falsos vulnerables sin título legal del uso de la vivienda».

Y continúan «Los vagos dictámenes de los servicios sociales para redactar miles de informes de vulnerabilidad (actual salvoconducto para ocupar) suponen millones de euros del erario público destinado a familias que bajo el mantra de ser “posibles vulnerables”, esquilman los recursos de todos, pero en concreto de los afectados por la inquiocupación. Sin embargo, las consecuencias de este decreto recaen sobre familias de clase media-baja, que lejos de incluirse en el concepto de RENTISTAS o ESPECULADORES tienen que asumir, sin su consentimiento, la inquiocupación de su vivienda por familias vulnerables o “falsos vulnerables”, pero también el pago de los suministros, y en muchas ocasiones los destrozos provocados por sus inquiocupas, ante una ley lenta y poco eficaz».

«Las medidas, en su conjunto, engloban acciones preventivas para evitar la comisión del delito, pero también fórmulas para mejorar la eficiencia y eficacia de las competencias locales para afrontar la ocupación e inquiocupación, y por último se solicitan medidas para paliar las consecuencias en los grandes olvidados del problema: LAS VÍCTIMAS«, concluyen.

Estas propuestas se suman a la actuación de hace unos días llevada a cabo por la misma Plataforma, que presentó una denuncia contra gobierno de Sánchez ante la UE.

(Con información de Hispanidad/DAS)