El Tribunal Constitucional vuelve a frenar la eutanasia en Portugal

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Considera que algunos puntos de la norma entran en conflicto con la ley fundamental del país
El Tribunal Constitucional (TC) de Portugal volvió a echar atrás la despenalización de la eutanasia, al considerar que algunos puntos de la norma entran en conflicto con la ley fundamental del país.La decisión fue anunciada este lunes después de que el presidente luso, el conservador Marcelo Rebelo de Sousa, solicitase su revisión a principios de enero por una cuestión de “seguridad jurídica”.El presidente del TC, João Pedro Caupers, explicó que la decisión fue tomada por “mayoría”, al considerar que la ley da lugar a interpretaciones contradictorias sobre el sufrimiento exigido para poder acogerse a la eutanasia.

La norma establece tres tipos de sufrimiento -físico, psicológico y espiritual- y el TC defiende que no queda claro si se deben cumplir los tres a la vez o es suficiente con que haya uno de ellos.

Esta “intolerable indefinición” llevó a los jueces a volver a vetar la norma, como ya habían hecho en 2021.

Caupers refirió además que el Parlamento no se limitó a corregir los aspectos que el TC había señalado en 2021 y decidió ir “más allá” al modificar la norma, lo que “tuvo consecuencias”.

Minutos después de que el Constitucional anunciase su decisión, el presidente comunicó que devuelve la norma al Parlamento.

La ley, aprobada por el Parlamento el pasado diciembre, definía la muerte médicamente asistida como la que “ocurre por decisión propia” de una persona, “en el ejercicio de su derecho fundamental de autodeterminación” y cuando es “practicada o ayudada por un profesional de la salud”.

Se aplicaría exclusivamente en casos de mayores de edad, con “sufrimiento de gran intensidad, con lesión definitiva de gravedad extrema o enfermedad grave e incurable”.

Además, marcaba un plazo mínimo de dos meses entre el inicio del proceso y la muerte médicamente asistida y establecía un acompañamiento psicológico obligatorio para el enfermo.

Una primera versión de la norma fue aprobada por el Parlamento portugués en enero de 2021, pero el presidente la envió al Constitucional.

El tribunal la rechazó por considerar que utilizaba conceptos “imprecisos”, aunque señaló que la muerte médicamente asistida, por sí misma, no es inconstitucional y abrió la puerta a una nueva tramitación parlamentaria.

La Cámara volvió a aprobar la ley en noviembre de ese año, con correcciones y un nuevo artículo para definir algunos términos, como los de muerte médicamente asistida, enfermedad grave incurable, lesión definitiva de gravedad extrema o sufrimiento.

Rebelo de Sousa aplicó entonces un veto político porque tenía “contradicciones” sobre las situaciones de aplicación y la devolvió al Parlamento.

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