El comunismo implanta en Iberoamérica leyes mordaza con las que restringen la libertad de expresión

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

Son los países con regímenes comunistas en Iberoamérica los que están reprimiendo la libertad de expresión.

Las legislaciones van desde la prohibición de difusión de noticias falsas hasta la cárcel para quien “promueva o incite al odio”

El fallecido dictador Hugo Chávez fue impulsor de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, que entró en vigor en 2005, pero que fue reformada en 2010 a través de los súper poderes del Ejecutivo. El texto sirvió para perseguir a la prensa opositora, con el cierre de cientos de medios, expropiación de otros y debilitamiento de empresas por castigos económicos.

En noviembre de 2017, el también dictador Nicolás Maduro – y sucesor de Chávez- promulgó la “Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”, y permite a la dictadura no sólo silenciar a las voces críticas de los medios, sino incluso a ciudadanos que se quejan por los servicios públicos.

En el Artículo 20 se explicita la sanción a la que podría ser sometido cualquiera que dispare una opinión en redes o en público que sea considerada contravencional: “Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas (…) será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó su preocupación porque la ley “establece sanciones penales exorbitantes y facultades para censurar a medios tradicionales e Internet, en contradicción con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión”.

Nicaragua

La también dictadura comunista de Daniel Ortega aprobó en octubre de 2020 una ley de ciberdelitos que castiga con cárcel a las personas y entidades que el régimen considere que difunden “noticias falsas” en las redes sociales o medios de comunicación.

Última edición impresa de La Prensa en Nicaragua, en agosto de 2021
Última edición impresa de La Prensa en Nicaragua, en agosto de 2021

El texto señala que la “propagación de noticias falsas” será sancionada con dos a cuatro años de prisión. Si la “información tergiversada” perjudica el honor de una persona y su familia, la pena será de uno a tres años de cárcel. Mientras que las publicaciones que “incitan al odio y la violencia” recibirán de tres a cinco años de prisión.

La diputada Azucena Castillo, del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), denunció que la ley está “orientada a la oposición” y “viene a encender el clima de represión” que existe en el país desde las protestas antigubernamentales de 2018.

La ley faculta al Ministerio de Gobernación, la policía y a la estatal Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (TELCOR) a investigar y perseguir los delitos que sean cometidos por medios de comunicación y aplicaciones informáticas que producen, reproducen y transmiten gráficos y textos.

Desde su aprobación, se han producido cientos de cierres de medios a los que el gobierno considera hostiles. Se destacan especialmente el cierre de las emisoras católicas -el propio Ortega ha llamado “terroristas” a los obispos que cuestionan su gestión- y el de varias señales de televisión.

Cuba

El régimen cubano marcó la línea poco antes del cambio de siglo. En 1999, con Fidel Castro en el poder, fue aprobada la Ley 88/99 de “Protección a la Independencia Nacional y la Economía de Cuba”, que establece una serie de figuras delictivas y penas de hasta 20 años de cárcel a partir del posible respaldo a las sanciones económicas de Estados Unidos contra Cuba en que puedan incurrir los ciudadanos al ejercer sus derechos de expresión, reunión o manifestación.

En agosto de 2021, un mes después de las históricas protestas de julio, la dictadura tipificó delitos como los de “subversión social” y difusión de noticias falsas en Internet, así como el ciberterrorismo en su primer reglamento de ciberseguridad.

Fotografía de archivo de manifestantes frente al Instituto de Radio y Televisión (ICRT) mientras son montados en un camión en una calle en La Habana (EFE/Ernesto Mastrascusa)
Manifestantes frente al Instituto de Radio y Televisión (ICRT) mientras son montados en un camión en una calle en La Habana

La Resolución 105 tipifica el reglamento para la respuesta a incidentes de ciberseguridad, atribuye alta peligrosidad a la difusión de “contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado, inciten a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público”, así como la divulgación de noticias falsas.

Asimismo, considera acciones de “ciberterrorismo” aquellas que puedan “subvertir el orden constitucional”, desestabilizar el funcionamiento de “las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del Estado”, u “obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.

El Salvador

Si bien no se trata de un proyecto debatido específicamente sobre el rol de los medios y los discursos de odio, el gobierno de Nayib Bukele introdujo este año una polémica reforma que permite encarcelar a cualquier persona que difunda información que supuestamente reproduzca mensajes de las pandillas, en el marco de la lucha contra la delincuencia que ha sido criticada por extralimitada en sus poderes.

Las reformas implican una sanción de 10 a 15 años de cárcel para todo aquel que a través de cualquier medio de comunicación reproduzca y transmita mensajes originados por las pandillas y que pudieran causar pánico entre la población. No se aclara quién determinará si un contenido debe ser penalizado o no ni quién estará a cargo de detectar un mensaje que infrinja la ley.

Ecuador

En 2013, la Asamblea Nacional aprobó la ley de comunicación, un proyecto que la oposición calificó desde sus inicios como una “ley mordaza”. El texto le dio al entonces gobierno de Rafael Correa numerosas herramientas para controlar a los medios. Actualmente, el texto no posee reglamentación, por lo que no puede ser aplicada, mientras está en discusión la reforma al texto.

Entre las novedades de aquella ley está la figura del “linchamiento mediático”, que se produce por medio de la publicación reiterada de informaciones con el fin de desprestigiar o reducir la credibilidad de personas físicas o jurídicas.

El mandatario Guillermo Lasso prometió derogar la ley, pero el reemplazo todavía está en discusiones. Por el momento, dejó sin efecto su reglamentación. En agosto, vetó de manera parcial las reformas presentadas por la Asamblea Nacional, que tiene 30 días para examinar y decidir si se allana a los cambios.

El expresidente ecuatoriano, Rafael Correa, gesticula durante una entrevista en Bruselas, Bélgica (REUTERS/Francois Lenoir/Archivo)
El expresidente ecuatoriano, Rafael Correa, gesticula durante una entrevista en Bruselas, Bélgica

Bolivia

En Bolivia, si bien no hay una ley ad hoc, existe un sistema complejo de control de medios. El oficialismo ha negado en los últimos años la vigencia de la Ley de Imprenta, que protegía desde hace casi un siglo los asuntos periodísticos de la justicia ordinaria, y en cambio los trataba en los Tribunales de Imprenta. Además, existe toda una batería de armas, como la presión impositiva o la discrecionalidad en la publicidad oficial.

El MAS ha realizado intentos por debatir proyectos que pueden penalizar la labor periodística, pero fueron rechazados desde sus inicios y no llegaron a tratarse en comisión.

(Con información de Infobae)

Deja un comentario