Numerosas críticas del CGPJ a la nueva ley de secretos oficiales

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuestiona que en la nueva ley de secretos oficiales la justificación para clasificar documentos no concreta «el riesgo grave y cierto existente», ni la «incidencia directa» en el núcleo del bien jurídico protegido, que es «la seguridad y defensa del Estado».

Así lo señala en su informe, aprobado por unanimidad, al anteproyecto de Ley de Información Clasificada, que sustituye a la normativa vigente en la actualidad, que data de 1968, y que establece cuatro categorías de clasificación: alto secreto, secreto, confidencial y restringido.

Categoría de Alto secreto

El CGPJ cree que la incidencia en «la seguridad y defensa del Estado» resulta «dudosa y falta de concreción» en los apartados del anteproyecto, que incluye entre las categorías de «alto secreto» y «secreto» la información referida a la “seguridad pública y vida de los ciudadanos”, a las “relaciones exteriores de España o situaciones de tensión internacional” y a los “intereses económicos o industriales de carácter estratégico”.

En cuanto a la cláusula residual contenida también en dicho precepto, el informe considera que introduce un alto grado de indeterminación en el ámbito de aplicación de la ley que “resulta incompatible” tanto con la necesaria conexión con el bien jurídico protegido como con la existencia de parámetros específicos que permitan someter a control el acto mismo de la clasificación.

Según el anteproyecto, los documentos de «alto secreto» se clasificarán durante 50 años y puede prorrogarse su clasificación durante 15 años más, mientras que los calificados como «secretos» tienen un plazo de 40 años y una prórroga de 10 más.

Categoría de Confidencial

Tampoco en el caso de la categoría “confidencial”, referida a información cuyo conocimiento público podría causar un daño “leve”, se establece una vinculación “clara” con la seguridad y defensa del Estado, según el informe, del que ha sido ponente el vocal Wenceslao Olea.

El dictamen señala que la justificación de la clasificación no puede exceder de la prevista en la constitución y advierte del problema de vincularla a los «intereses de España», por lo que recomienda sustituir este término por el de «seguridad y defensa del Estado».

Los «confidenciales» se clasificarán entre 7 y 10 años y los «restringidos» entre 4 y 6 años.

En su análisis de los preceptos referidos a la regulación del procedimiento de clasificación, desclasificación y reclasificación, el informe advierte «una marcada indeterminación en el establecimiento de los elementos, requisitos y parámetros necesarios para justificar la clasificación, así como en la motivación de la misma».

Acceso de los ciudadanos a la información clasificada

El CGPJ critica que el anteproyecto no recoja ninguna mención sobre el acceso de los ciudadanos a la información clasificada y recomienda incluir en el articulado el proceso que regule ese acceso.

También cuestiona que no se excluya que la destrucción de la información complementaria pueda llevarse a cabo sin conocimiento del órgano judicial o fiscal al no estar prevista autorización o comunicación alguna.

(Con información de El imparcial)

Deja un comentario