Sigue la sospecha sobre el voto en Podemos y la elección de Iglesias

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El partido usó en las primarias en las que se eligió a la actual cúpula de la formación el mismo programa telemático que en el proceso anulado hace días por un juez por «manipular» los resultados.

La sospecha sobre el voto telemático empleado en las primarias de Podemos ha reactivado la demanda contra la propia elección de Pablo Iglesias como secretario general del partido. El único rival que presentó candidatura alternativa a la del ahora vicepresidente del Gobierno ultima una demanda por lo Civil ante los Juzgados de Madrid. Sigue así la estela de la sentencia que le ha dado la razón a un militante de base de Collado Villalba y ha anulado las primarias de Podemos en esa localidad por manipular el resultado. En ambos procesos se usó el mismo sistema de participación. 

Iglesias fue reelegido en mayo como líder del partido con el 92% del apoyo en la asamblea con menos participación de su historia, y que tuvo que ser aplazada en marzo por la pandemia del coronavirus. Finalmente, la Tercera Asamblea Ciudadana (llamada Vistalegre III) se celebró íntegramente de forma telemática, sin ningún debate sobre los documentos que se votaban, ni entre los candidatos que aspiraban a entrar en la nueva dirección.

El candidato alternativo que encabezaba la lista ‘Nuevo Impulso’, Fernando Barredo, confirma en declaraciones a Vozpópuli que emprenderá acciones legales ante los Juzgados de Madrid. «La sentencia sobre las primarias de Collado Villalba nos sirve de precedente a una demanda civil que estamos preparando y que vamos a presentar porque damos por agotado el plazo de espera para que por la vía interna tenga a bien el aparato del partido contestarnos a todo lo que hemos demandado”. Barredo está asistido legalmente por la exsenadora de Podemos Celia Cánovas, que ya trató de personarse en el caso Neurona en el que un juez investiga a Podemos por presunta malversación de caudales públicos.

Los horarios de las urnas

El precedente que ha establecido la Fiscalía y el Juzgado de Primera instancia número 89 de Madrid sobre las primarias en Collado Villalba es que Podemos “vulneró el artículo 23.2 de la Constitución, manipulando el resultado de las urnas, no solo controlando el censo y la acreditación de los votantes, sino los tiempos en los que las urnas estaban abiertas, provocando de esa manera la alteración de los resultados”. El citado artículo de la Constitución reconoce el «derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos».

Fernando Barredo ya inició en marzo acciones legales ante un Juzgado de Toledo de donde es natural. Pidió que de manera cautelar urgente se paralizase la Tercera Asamblea donde iban a renovar los cargos orgánicos del partido. En su demanda original denunciaba que Iglesias y varios miembros de su candidatura incumplían el Código Ético del partido al ocupar varios cargos institucionales además de su cargo en Podemos. Era el caso de Irene Montero, Ione Belarra y Noelia Vera Ruiz.

Barredo pedía la adopción de medidas cautelares sin dar audiencia a Podemos “para evitar la elección fraudulenta”. Esta reclamación de medidas cautelares se encuentra a la espera de resolución del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Toledo aunque ya no tiene sentido el desenlace porque la asamblea se celebró. Pese a la pretensión del demandante, el juez dio traslado a Podemos, que contestó con un escrito el 21 de marzo al que ha tenido acceso este periódico

La versión de Podemos

Lo firmaba la abogada de Iglesias en el caso Dina, Marta Flor Núñez, que también representó a la formación en el contencioso de las primarias en Collado Villalba. Defendía que la candidatura de Iglesias respetaba el Reglamento de Incompatibilidades, según el cual, es posible ser miembro del Gobierno y además diputado “aunque dicha pertenencia no sea legalmente necesaria”. Además, acusaba a Barrado de actuar con mala fe y de haber puesto en riesgo la organización de una asamblea valorada en 150.000 euros. En el detalle de los gastos que le remitió al Juzgado, incluían el programa informático para ejercer el voto. Precisaban que se había contratado el software nVotes por un valor de 20.000 euros.

Desglose del coste de la organización prevista para la Tercera Asamblea
Desglose del coste de la organización prevista para la Tercera Asamblea

Es el mismo programa informático que se usó para las primarias de Collado Villalba, anuladas por un juez tras escuchar, entre otros, a los informáticos contratados por el partido. El responsable informático de Podemos, contratado como gestor del programa, afirmó que “el partido podía acceder a la votación y conocer quien había emitido el voto, y a favor de quién”. Desmentía así a la formación, que negó haber anulado conscientemente votos de una de las candidaturas porque no se podía acceder a esa información. 

Otro testigo, el desarrollador del programa nVotes informó que habían participado entre veinte y treinta procesos electorales de Podemos. Según dijo, su empresa podía conocer qué personas habían votado, pero no a quién habían votado. Especificó que el control de la votación lo ostentaba el partido, que podía acceder al canal de participación y tomar conocimiento de los detalles. 

Similitudes con Collado Villalba

El juez de Madrid también reprocha en su sentencia que, además de controlar el tiempo que las urnas telemáticas estuvieron abiertas, se negaron a facilitar el censo de votantes cuando se le pidió para aportarlos como prueba. Esto es algo de lo que también se quejó hace meses el rival de Iglesias en la Tercera Asamblea. 

“Lo que no supimos durante el tiempo en el que mantuvieron cerrado el proceso, es que, con nocturnidad de cuarentena, y sabiéndolo sólo los allegados, el censo que el Reglamento había obligado a cerrar el 1 de marzo, lo habían vuelto a abrir en silencio y lo cerraron el 2 de mayo, inventando nuevas reglas como la de que se pudieran sumar como candidatas cuantas personas se hubieran inscrito en ese intervalo”, dijo en su día Barredo en un texto titulado ‘La Asamblea Invisibl’. 

Algo parecido se describe en la sentencia sobre lo ocurrido en Collado Villalba: Podemos estableció dos urnas telemáticas, una para el cabeza de lista y otra para el cuerpo de la misma. Las primarias telemáticas iban a tener lugar formalmente entre el 20 y el 25 de noviembre de 2018, ambos inclusive. Pero las urnas telemáticas estuvieron abiertas desde el 19 de noviembre a las 19.27, hasta las 22.23 del 26 de noviembre

En ese sentido, el juez considera que “esta ampliación (de tiempo) fue conocida oficialmente ex post, cuando el partido emitió informe dando cuentas de los resultados. Los resultados oficiales se hicieron públicos el 27 de noviembre de 2018, por la mañana. Ergo, como afirma el fiscal, median indicios de que es el partido quien controló los tiempos de apertura y cierre de las urnas al fiscalizar todo el proceso selector«. Atendiendo a los argumentos jurídicos de esta resolución, Barredo afirma que presentará su demanda por los mismos hechos en los Juzgados de Madrid.

(Alejandro Requeijo. Voz Populi)

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