Aprueba la zoofilia
Pero en otra aberración más, la zoofilia, las relaciones sexuales con animales, hasta ahora considerada un delito penal, dejará de serlo con la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal aprobada en el Congreso, siempre y cuando, no produzca lesiones en el animal.
En 2015 se reforma el Código Penal para endurecer las penas por la explotación sexual de animales en España…
En el año 2015, el Congreso aprobó una reforma del Código Penal para endurecer las penas por maltrato, abandono y, por primera vez, por la explotación sexual de animales en España.
En aquel momento se consideró que, al igual que los niños, los animales no tienen capacidad de consentir y, por ese motivo, se incluyó la zoofilia como una nueva conducta delictiva consistente en la explotación sexual de los animales, con independencia de que se causen lesiones que menoscaben gravemente su salud o la muerte del animal.
El artículo 337.1 del Código Penal señalaba textualmente: «Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a un animal doméstico o amansado, un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o cualquier animal que no viva en estado salvaje».
… que se suprime ahora
Con la reforma del Código Penal recientemente aprobada en el Congreso, se suprime el artículo 337 y se introduce en el libro II un nuevo título XVI bis que quedará rubricado como: «De los delitos contra los animales» y queda redactado de la siguiente manera:
«Será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a cinco años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, que cause a un animal vertebrado lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud».
Es decir, se elimina la explotación sexual de los animales como delito independiente. A partir de ahora sólo será punible en el caso de que cause una lesión al animal. Esto es lo que plantean precisamente los comunistas de Unidas Podemos.
Hoy ya es legal la zoofilia, mañana será la pederastia
Fuente; Mediterraneo digital
Comparte en Redes Sociales |
Evita la censura de Internet suscribiéndose directamente a nuestro canal de Telegram, Newsletter |
Síguenos en Telegram: https://t.me/AdelanteEP |
Twitter (X) : https://twitter.com/adelante_esp |
Web: https://adelanteespana.com/ |
Facebook: https://www.facebook.com/AdelanteEspana/ |