La enmienda, que contempla un máximo de 4 años la suspensión para cargo público, facilitaría la vuelta a primera línea política del líder de ERC, Oriol Junqueras, cuya inhabilitación por el procés comenzó a contar en julio de 2018
La propuesta de ERC beneficiará a miembros de su partido pendientes de ser juzgados por malversación, aunque el foco se fija en estos momentos en su líder, Oriol Junqueras. El exvicepresidente catalán sería uno de los claros favorecidos con la rebaja de la malversación porque su caso se ciñe a la nueva redacción; esto es, el Tribunal Supremo no constató que los líderes del procés se apropiaran de los fondos destinados al 1-O.
La inhabilitación de Junqueras
El Gobierno concedió los indultos a un total de 9 de los 12 condenados (los penados con prisión), aunque les mantuvo las inhabilitaciones. En el caso de Junqueras se especificó que el cumplimiento de la inhabilitación había comenzado el 9 de julio de 2018 y que la fecha de vencimiento se fijaba en el 5 de julio de 2031.
La reforma de la malversación dejaría en agua de borrajas este pronunciamiento y acortaría en gran medida la inhabilitación para el líder de ERC. De hecho, teniendo en cuenta que su inhabilitación comenzó a contar desde julio de 2018, la pena habría vencido ya en julio de 2022.
Al respecto ERC sostiene que se debe dejar sin efectos la reforma que impulsó el PP en 2015 con la que se comenzó a englobar la malversación en los delitos patrimoniales. En aquel momento se impulsó un cambio normativo para equipararse al modelo alemán y se tipificó la malversación como administración desleal de patrimonio público. De esta forma, la estructura del delito pasaba a ser la misma, al margen de que los fondos sustraídos fueran públicos o privados.
Ánimo de lucro
ERC busca ahora la contrarreforma de la reforma en aras a volver al modelo previo de 1995. Por ello propone una modificación del artículo 432 para eliminar las referencias a la comisión de una administración desleal de fondos públicos. Aunque mantienen las mismas penas de prisión (de dos a seis años de cárcel) ahora incluyen el matiz de que la malversación debe llevar acarreada una intención de «ánimo de lucro».
«Se propone una modificación del delito de malversación que vuelve a la estructura planteada en 1995, donde lo que se considera malversación son las conductas de apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro, así como el uso temporal del patrimonio para fines particulares. Se recupera esta estructura, pero contemplando las penalidades del 2015 por lo que se refiere a las conductas de apropiación», reza la enmienda presentada.
Desde ERC argumentan que la reforma de 2015 tenía como fin perseguir penalmente a los líderes de la independencia de Cataluña, si bien, juristas consultados por este medio explican que esa modificación del Código Penal, que incluyó un endurecimiento de la pena, buscaba exclusivamente reforzar la lucha con la corrupción.
La redacción, tal y como se contempla en la actualidad, no requiere de apropiación del fondo desviado para la comisión del delito ya que el bien jurídico protegido queda limitado al patrimonio público. De ahí que la condena del procés incluyera no solo el delito de sedición (que ahora queda derogado), sino también la malversación de fondos públicos. Esta último se atribuyó tanto a Oriol Junqueras, como a su compañera de filas Dolors Bassa, y los exconsejeros Raül Romeva y Jordi Turull.
(Con información de VozPopuli)