El TC admite el recurso de inconstitucionalidad contra el estado de alarma

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Admite también los recursos contra la inclusión de Pablo Iglesias en la comisión delegada del CNI.

El Tribunal Constitucional ha admitido hoy por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra el decreto del estado de alarma y sus prórrogas, así como los interpuestos por el partido de Santiago Abascal y el PP contra la disposición final del decreto que acordaba que el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, formara parte de la comisión delegada del CNI. El Alto Tribunal da traslado de los recursos al Congreso, Senado y Gobierno, a través del Ministerio de Justicia para que en un plazo de 15 días se puedan personar en las actuaciones y realizar las oportunas alegaciones a las impugnaciones citadas.

En cuanto al recurso de Vox contra el decreto que estableció el estado de alarma, el mismo se centra en tres impugnaciones fundamentales: la limitación en la libertad de circulación de movimientos de las personas, en las medidas de contención en el ámbito educativo, en las relativas a la hostelería, restauración, así como en las medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas. Esas limitaciones y “medidas de contención” han podido vulnerar, a juicio de la formación liderada por Santiago Abascal, hasta un total de 11 preceptos de la Constitución, tales como los relativos a la libertad ideológica, religiosa y de culto; el derecho de reunión pacífica; el derecho a la educación e incluso contra el propio precepto de la Carta Fundamental que establece lo relativo a la declaración del estado de alarma. También se impugna la Orden del Ministerio de Sanidad 298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el Covid-19.

Respecto a los recursos de PP y Vox contra la disposición final del decreto relativo a la adopción de medidas económicas para hacer frete a la crisis derivada de la pandemia, en la que se nombraba al vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, como miembro de la Comisión Delegada del CNI, esgrimen que no reúne los requisitos de “extraordinaria y urgente necesidad” para incluir ese nombramiento en un decreto de ámbito económico y que se habría atacado igualmente el principio de legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, la seguridad jurídica y la prohibición de que los poderes públicos actúen con arbitrariedad.

En su recurso, el PP destaca que esa decisión –la de incluir a Iglesias en la Comisión del CNOI- no guarda ninguna relación con el fondo del decreto –medidas económicas para ayudar al impacto producido por la pandemia– ni existía una «extraordinaria y urgente necesidad» para adoptar esa medida. Esto supuso, a juicio del PP, instrumentalizar un Real Decreto, «ejecutada sin sonrojo», en una actuación «ilegal gubernamental carente de toda relación y urgencia» que privó al Congreso de realizar una votación separada respecto de la convalidación de las medidas económicas, por un lado, y, por otro, la de incluir a al vicepresidente segundo del Gobierno en la citada comisión.

(Francisco Velasco. diario La Razón)

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