Los colegios, obligados a denunciar a los padres que nieguen a sus hijos cambiar de sexo

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Los directores de colegios e institutos pueden denunciar ante los servicios sociales a los padres que nieguen a sus hijos un cambio de sexo.

Los directores de colegios e institutos pueden denunciar ante los servicios sociales a los padres que nieguen a sus hijos un cambio de sexo. Así lo establecen 11 de los 13 protocolos escolares autonómicos de atención a los alumnos transexuales que actualmente se encuentran en vigor. Estas instrucciones, que son de obligado cumplimiento, y «suponen un riesgo para el pleno ejercicio de la patria potestad». Además, permiten a los menores cambiar de nombre y aspecto en el aula sin hacer antes un cambio registral e incluso, en buena parte de regiones, sin el consentimiento de sus progenitores.

Las leyes trans en las Comunidades Autónomas

Actualmente hay 13 comunidades autónomas (que incluyen a las del PP- como la comunidad de Madrid- del PSOE o nacionalistas) que disponen de leyes trans autonómicas. Todos los protocolos son muy parecidos, independientemente del signo político de sus gobiernos. Aunque tendrán que retocarse para adaptarse a la norma estatal que el Congreso aprobó en febrero, y que permite la libre «autodeterminación de género» desde los 16 años, todas las leyes trans autonómicas comparten el espíritu y los principales postulados de la ley nacional.

En efecto, ninguna ley trans autonómicas exige un cambio registral, ni tampoco un informe médico o psicológico, para iniciar lo que se conoce como «transición social» del menor, un proceso que comienza modificando nombre y pronombres, la vestimenta y el tratamiento que le dispensan profesores y compañeros y que es el primer paso para conducir a los menores a la transición médica, a la hormonación y a las cirugías irreversibles». Este proceso lo pueden iniciar los padres, pero varias CCAA permiten que lo hagan los propios menores. Se activa también por los profesores, aunque no están cualificados.

¿Y si los padres no quieren?

«En caso de que no haya acuerdo entre la familia del menor y el centro educativo con respecto a la valoración de la situación, la dirección informará a la Inspección y valorará la existencia de una posible situación de riesgo o desamparo», dice el protocolo de Cataluña. «En caso de que alguno de los representantes legales se oponga, la dirección pondrá en conocimiento de los servicios sociales la no coincidencia en el planteamiento de abordaje del caso del menor en situación de transexualidad», indica el elaborado por Navarra.

La comunidad socialista de Castilla-La Mancha afirma: «En caso de que los responsables legales muestren señales de no respetar la identidad sexual del menor, se pondrá en conocimiento del Servicio de Familia de la Consejería de Bienestar Social». Y señala que «la identidad de género es una construcción social y la definición de sexo-género se conceptualiza desde un aspecto más psicosocial que biológico») y «prevén medidas disciplinarias para los profesores y alumnos que cuestionen estas actuaciones».

La mayoría de protocolos habla de que el colegio debe mediar con las familias y tratar de convencerlas, pero, si eso no da resultado, prevalecerá el «interés superior del menor».

Así ocurre en Galicia gobernada por el PP de Feijóo, que contempla que el director del colegio tome «las medidas precisas» si «alguno de los representantes legales se opusiera» e incluso llega a hablar de que se activen los protocolos de atención al maltrato infantil «cuando en la actitud de la familia se detecten claramente indicadores de maltrato hacia la identidad de género del/de la menor».

También en la comunidad de Madrid de Isabel Ayuso está vigente y contempla que, si los padres se niegan, «y cuando dicha negativa pueda causar un grave perjuicio al menor, deberá notificarse a los servicios competentes en materia de protección a la infancia».

AndalucíaBaleares y Aragón manifiestan en términos muy similares que se avisará a las autoridades de protección de menores «en aquellos casos en los que, a causa de la actitud de la familia hacia la identidad de género del alumno o alumna, se detectasen indicios de maltrato», fórmula también recogida por el País Vasco. Canarias contempla acudir a la Inspección «si el menor no tiene apoyo familiar en su decisión».

En la Comunidad Valenciana, «si la familia no reconoce la identidad expresada por el hijo o hija y se observa sufrimiento emocional o psicológico persistente», el director actuará «con determinación»: pedirá que actúe «la unidad de atención» y, «en casos extremos de no colaboración, y agotada la vía del diálogo», el colegio «procederá a la notificación a la consejería de protección de la infancia».

El estado de Washington propone retirar la custodia a los padres que se nieguen al cambio de sexo de sus hijos

Pero en Estado Unidos se está dando un paso más. Un nuevo proyecto de ley aprobado en el estado de Washington trata de dar una vuelta de tuerca más a la abolición de los derechos de los padres al permitir la existencia de «refugios» que hormonen y/o mutilen a menores sin el consentimiento de los padres. Para empezar, con esta propuesta de ley a los padres no les asiste siquiera el derecho a saber dónde están sus hijos menores si estos están en uno de esos «refugios» si los primeros se resisten al procedimiento, digamos, «médico».

«Esencialmente, el proyecto de ley permitiría a un niño irse de casa de sus padres para recibir ‘atención médica’ en un albergue o familia colaboradora, y ese albergue o familia no estaría obligado a notificar a los padres sobre el paradero de su hijo»,

Las redes de abuso de menores, naturalmente, se frotan las manos ya que crea una vía potencial para que los depredadores se aprovechen de los niños vulnerables que pueden estar buscando refugio o servicios médicos, por no hablar de las consecuencias a largo plazo en la salud mental y física de niños sin la madurez o la capacidad para tomar decisiones informadas sobre su atención médica.

Según la ley, si hay un desacuerdo entre el menor y los padres sobre la conveniencia de iniciar una terapia «de asignación de género» (hormonación y, con frecuencia, castración o mastectomía), los padres podrían ser acusados de «abuso y negligencia» y perder la custodia de su hijos.

 

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