El Consejo de Europa recomienda al Gobierno modificar el Código Penal

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En una carta dirigida al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, la comisaria de Derechos Humanos del Consejo Europeo, Dunja Mijatović, ha invitado al Gobierno a modificar «de manera integral el Código Penal para fortalecer las garantías existentes del derecho a la libertad de Expresar y facilitar la labor de los tribunales españoles en la toma de decisiones en plena conformidad con el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos».

En el texto, la Comisión Europea señala como ejemplo la condena al rapero Pablo Hasel: «En los últimos años se ha dictado un número creciente de condenas penales, incluidas penas de prisión a artistas por letras controvertidas y otras interpretaciones, y a activistas de las redes sociales por declaraciones consideradas ofensivas sobre la base de varias disposiciones del Código Penal, en particular disposiciones sobre la glorificación del terrorismo y sobre las calumnias e insultos a la Corona».

La carta refleja la preocupación de la comisaria «por la falta de una definición clara de algunas de las nociones consagradas en la disposición sobre la glorificación del terrorismo» y » recuerda el peligro potencial que representa el uso, en la legislación antiterrorista, de etiquetas generales y de términos amplios e insuficientemente definidos. delitos que pueden dar lugar a restricciones innecesarias o desproporcionadas del derecho a la libertad de expresión».

Calumnias e injurias a la Corona

En referencia a los puntos del Cogido Penal que penaliza las calumnias e injurias a la Corona, la Comisión Europea asegura que «las posibilidades de imponer restricciones a la libertad de expresión en el contexto del debate político son muy limitadas, en particular cuando se trata de políticos, representantes de las autoridades y otras figuras públicas». «Insta a las autoridades a que utilicen la aplicación de las sentencias pertinentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como base para armonizar plenamente el Código Penal con la jurisprudencia del Tribunal en virtud del artículo 10 del CEDH», explica la carta.

Por último, el Comisionado también pide al Ejecutivo español que «restrinja la aplicación de las disposiciones relacionadas con la incitación al odio a los casos prohibidos por el derecho internacional de los derechos humanos, es decir, a las expresiones de odio basadas en la xenofobia, el antisemitismo y otras formas de odio basadas en la intolerancia que constituyan incitación a la discriminación, hostilidad o violencia». 

Por último, también pide «la despenalización de la difamación y del delito de los insultos a los sentimientos religiosos para evitar su posible efecto paralizador de la libertad de expresión».

(Fernando Asunción. Voz Populi)

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