El CGPJ discrimina a jueces por no dar cursos de «perspectiva género»

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Ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó tres acuerdos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por los que se aprueban las relaciones definitivas de admitidos y excluidos en las pruebas de especialización para jueces en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el orden jurisdiccional social y en los asuntos propios de los órganos de lo mercantil. En esos acuerdos se indican las listas de excluidos, que son un total de ocho, dos y cinco jueces, respectivamente.

Lo más llamativo es que esos 15 jueces excluidos de las citadas pruebas de especialización lo han sido, en todos los casos y según una nota adjunta en cada acuerdo, porque no acreditan “haber participado en actividades de formación continua con perspectiva de género con un mínimo de 50 horas lectivas a la finalización del plazo de presentación de solicitudes”¿Y qué es eso de la “perspectiva de género”?

«Perspectiva de género», un disfraz para un dogma ideológico de la izquierda

El 17 de agosto de 2017, la Asociación de Mujeres Juezas de España, una organización afín al PSOE, la definía así: “la perspectiva de género pretende la deconstrucción de lo jurídico para la plena realización del principio de igualdad y no discriminación. Permite constatar con argumentos jurídicos que de manera sistemática se ha construido la norma jurídica y su hermenéutica en torno a lo masculino singular, olvidando las singularidades de las personas, especialmente las de las mujeres, y pretende ser la herramienta de interpretación necesaria (ajustada a la realidad actual según el art. 3 del Código Civil español) para enfocar los conceptos de discriminación y violencia, mostrándonos que son un fenómeno estructural y sistemático y no algo anecdótico entre sujetos socialmente aislados”.

En resumidas cuentas, que esa “perspectiva de género” viene a ser prácticamente lo mismo que el feminismo de género, que sostiene que los actos de violencia contra la mujer no son responsabilidad del que los comete, sino algo estructural, es decir, fruto de un sistema de opresión. Se trata del mismo concepto ideológico que se incluyó en la Ley de Violencia de Género de 2004, cuyo preámbulo afirma que la violencia contra las mujeres es “una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”. En resumidas cuentas: la “perspectiva de género” consiste en afirmar que las mujeres están oprimidas por los hombres, un dogma ideológico que viene siendo defendido por el feminismo de izquierdas desde hace décadas, y que se está imponiendo en nuestro ordenamiento legal para, por ejemplo, discriminar penalmente a los hombres y liquidar la igualdad de hombres y mujeres ante la ley, que es lo que hizo la citada ley socialista de 2004.

Se impuso en la Justicia por un pacto entre el PP y el PSOE

¿Cómo es posible que ese enfoque ideológico, totalmente discutible, se haya colado en nuestro ordenamiento jurídico y se imponga como formación obligatoria para los jueces, en un caso claro de adoctrinamiento? El origen hay que buscarlo en el llamado “Pacto de Estado contra la Violencia de Género”, suscrito por el PP y el PSOE en 2016, durante el mandato de Mariano Rajoy. El texto del pacto (ver PDF) señalaba lo siguiente en su punto 226: “Introducir más temas de Derecho Anti-discriminatorio, incluyendo la perspectiva de género y la transversalidad, en las oposiciones a judicatura, Escuela Judicial, y formación continua anual, impartida por el Consejo General del Poder Judicial, pasando esta materia a ser obligatoria y evaluable.

Un adoctrinamiento apoyado por el PSOE, el PP, Podemos y Cs

Ya con Pedro Sánchez y el PSOE en el poder, se aprobó una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que modificó el Artículo 318 de esa norma de 1985, estableciendo que “para acceder a las pruebas selectivas o de especialización será preciso acreditar haber participado en actividades de formación continua con perspectiva de género”. La reforma se aprobó el 21 de diciembre de 2018, antes de la llegada de Vox al Congreso, con 341 votos a favor y 2 abstenciones. Una vez más, y como ha ocurrido en otros ámbitos, el Partido Popular y Ciudadanos fueron cómplices de ese adoctrinamiento obligatorio promovido por la izquierda, en un ejemplo más de ese “consenso progre” que ha ido mermando el pluralismo ideológico en España. El primer curso de formación obligatoria en “perspectiva de género” para jueces fue aprobado por el CGPJ en marzo de 2019.

Una violación de los artículos 14 y 16 de la Constitución Española

Así pues, se da la paradoja de que vivimos en una democracia, en la que teóricamente la Justicia debe ser independiente, imparcial y neutral ideológicamente hablando, pero sin embargo se obliga a los jueces a pasar por el aro ideológico del feminismo de izquierdas si quieren especializarse. Que el Congreso haya votado por abrumadora mayoría este disparate no lo hace más presentable. Recordemos que la Constitución Española ampara la libertad ideológica en su Artículo 16 y prohíbe la discriminación por motivos de opinión en su Artículo 14. Sin embargo, partidos que se dicen “constitucionalistas” han creado un sistema de adoctrinamiento que vulnera esos dos artículos de nuestra Carta Magna, obligando a los magistrados a asumir opiniones más que discutibles sobre las relaciones entre hombres y mujeres, como si fuesen dogmas de los que nadie puede discrepar. ¿Esto entienden algunos por democracia?

(Elentir. Outono.net)

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