Diez años de silencio del Tribunal Constitucional en el aborto

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En España, desde el año 2010, el aborto -la muerte provocada de un ser humano en edad gestacional- es considerado legalmente como un «derecho» que apenas tiene límites. Incluso, durante el tiempo de estado de alarma invocado a consecuencia de la pandemia del coronavirus, se incluyó su práctica entre las actividades «esenciales» que no ha cerrado de forma obligatoria en ningún momento.

Todo ello sirve a alguno para sostener la idea de que el aborto es un procedimiento inocuo, más allá de provocar la muerte de un ser humano no nacido y un sufrimiento a su madre antes, durante y después de perpetrado. Aún estos dos efectos evidentes son negados sistemáticamente por el argumentario de lo políticamente correcto.

Algunas personas creen que La Sexta da información.

Sin embargo, no son pocas las consecuencias de una práctica que, impulsada por los gobiernos del Partido Socialista Obrero Español y mantenida sin apenas resistencia por los ejecutivos liderados por el Partido Popular, ha tenido reconocimiento legal desde 1985.

El Instituto de Política Familiar ha publicado recientemente su informe anual, en el que desentraña la realidad del aborto 35 años después de su despenalización.

1.- Al menos 2,3 millones de muertes…

Desde 1985, y con los datos oficiales actualizados hasta 2018, en España han sido matados antes de nacer casi dos millones y medio de seres humanos (2,3 millones) lo que equivale a la desaparición conjunta de la población de las provincias de Huesca, Teruel, ávila, Palencia, Segovia, Soria, Zamora, Lugo, Orense, Cuenca, Guadalajara y La Rioja.

Los datos que ofrece el Ministerio de Sanidad se refieren a los abortos notificados por los centros autorizados para la práctica del aborto a través de las comunidades autónomas.

2.-… sin contar el aborto químico y la PDD

Dicho lo anterior, existe una gran bolsa de abortos ocultos. Tal y como denuncia el informe, no todas las administraciones regionales tienen protocolos de seguimiento del aborto químico y por tanto no lo notifican. Estas comunidades son: Extremadura, Comunidad de Madrid, Canarias, Castilla y León, Castilla La Mancha, La Rioja y la Región de Murcia.

El IPF estima que estos abortos químicos no notificados rondan los 6.600 sobre la base de las cifras de las comunidades que sí los declaran.

Además, resulta imposible conocer el número de abortos provocados por la llamada píldora del día después (PDD) que puede actuar con un doble mecanismo: impedir la ovulación (efecto anticonceptivo) o impedir la anidación del óvulo fecundado (efecto abortivo).

Esta pastilla fue legalizada en el año 2001 con receta por el Partido Popular y desde el año 2009, PSOE permitió su venta libre sin límite de edad. El IPF calcula que en España se venden unas 700.000 al año, unas 80 cada hora. Debido a los efectos ya expuestos de la píldora, el IPF calcula que a su uso podrían atribuirse unos 7.000 abortos más al año.

A ello habría que sumar el número de mujeres que haya fallecido como consecuencia de la propia intervención que no quedan registradas en la estadística y también serían computables como muertes por aborto.

2.- El aborto siempre ha sido «libre», de hecho o de derecho

La Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, conocida como Ley Aído consolidó lo que de hecho se estaba realizando en España: el aborto libre a través de un fraude de ley masivo a través del tercer supuesto despenalizador de la ley de 1985.

Según aquél precepto, el aborto provocado no podría ser objeto de reproche penal en el caso del llamado «peligro psíquico para la mujer». Y siempre hubo psicólogos y psiquiatras partidarios del aborto y dispuestos a tomar parte en el suculento negocio del aborto que facilitaron esta vía.

Tal y como muestra el Instituto de Política Familiar, los datos oficiales explicitan que la inmensa mayoría de los abortos hasta 2010 tomaron esta vía. Y, desde entonces, un porcentaje similar se acogió al aborto libre hasta la semana 14.

fuente: Instituto de Política Famliar

3.- Ya se aborta 1 de cada 5 embarazos

Apenas transcurrido un lustro desde la despenalización del aborto en España, un 8,5% de los embarazos terminaba en aborto. Este porcentaje no ha dejado de crecer, pese a las terribles perspectivas demográficas del país a las que los diferentes gobiernos han hecho caso omiso.

Así, bordeado el quicio del cambio de siglo, el porcentaje de embarazos a los que no se les permitía continuar de forma natural, ya superaba el 15 por ciento (16,4%) y en la actualidad ya se aborta de forma provocada uno de cada cinco embarazos.

4.- El número de madres multireincidentes se ha multiplicado por 20

A finales de los años 80 y principios de los 90, el número de mujeres que según la estadística oficial habían abortado más de una vez en un año apenas superaban el 17%. Desde hace 15 años las mujeres que reinciden en el aborto representan más de un tercio, en una progresión ascendente que apenas estuvo estabilizada entre 1995 y 2000.

Este comportamiento se ha multiplicado de manera exponencial entre las madres que deciden acabar con la vida de sus hijos en tres ocasiones anuales. En 1990, sólo lo hicieron 245. El último dato disponible eleva la cifra a 4.436, casi veinte veces más.

El aborto representa un tercio del déficit de natalidad que padece España

5.- Aumento espectacular de los abortos químicos

Según el Instituto de Política Familiar, el aumento de los abortos realizados por procedimiento químico ha sido «espectacular». Mientras que en los años 90 del pasado siglo éstos rondaban no suponían ni el 1% del recuento oficial, en el año 2010 ya era del 5,4%. La última cidfra disponible eleva hasta el 22,9 el porcentaje.

Este crecimiento exponencial se debe a la aprobación en el año 2010 de la Ley Aído, que permite el aborto libre durante las primeras 14 semanas de vida prenatal del nuevo ser humano. Es en estas semanas cuando más se utiliza esta fórmula para eliminar a los bebés.

6.- Los abortos en menores de 20 años no han dejado de crecer

Según refleja el estudio del Instituto de Política Familiar, casi 6 de cada 10 menores de 20 años que quedan embarazadas recurren al aborto (58,2%), cuando en el año 1990 apenas 2 de cada 10 actuaban así.

Esto sucede por falta de apoyo y ayudas a la mujer gestante, el miedo al acoso laboral consecuencia de la maternidad y a la estigmatización de la entrega en adopción antes que provocar la muerte del hijo no esperado.

7.- Un negocio creciente y rentable

A pesar de que los partidarios del aborto en todo el mundo lo presentan como un servicio de ayuda a la mujer o incluso como una prestación sanitaria bajo el mantra feminista de la «salud sexual y reproductiva», lo cierto es que se trata de un negocio boyante.

Desde la regulación legal del aborto en España, bien como delito despenalizado o como «derecho», no ha dejado de aumentar el número de centros que notifican la práctica del aborto al Ministerio de Sanidad.

Con una peculiaridad muy notoria: son los centros privados -que han crecido desde la ley de 2010- los que más abortos hacen: 9 de cada 10. Según el informe del IPF la industria del aborto en España mueve unos 60 millones de euros al año.

8.- El PSOE legisla, el Partido Popular consolida

El Instituto de Política Familiar realiza una comparación de las acciones legislativas sobre el aborto realizadas por los diferentes gobiernos. Así, el informe evidencia que el PSOE es quien ha procurado las leyes más importantes que favorecen la práctica del aborto, mientras que el Partido Popular, lejos de revertirlas o matizarlas de forma significativa, las ha consolidado.

Fuente: Instituto de Política Famliar

9. Graves consecuencias sociodemográficas y económicas

Un freno a la natalidad. Aunque parezca de perogrullo, es obvio que el aborto afecta a la natalidad, un dato esencial y de consecuencias de gran calado en diversos órdenes. En este sentido, el informe señala que el aborto representa un tercio del déficit de natalidad que padece España. El IPF subraya que además afecta en especial a la juventud.

Invierno demográfico. De no haberse producido los cerca de 2 millones y medio de abortos que registran las cifras oficiales, la distribución poblacional española merecería el nombre de pirámide y no estaría invertda, con una base cada vez más pequeña. Además, el aborto es una de las causas de que el crecimiento vegetativo de España esté en números negativos. Sin el aborto, nacerían más personas de las que mueren y la población española sería más joven.

Gasto social y pensiones. Como consecuencia, el aborto es una de las mayores amenazas para el equilibrio en el gasto social y el mantenimiento del sistema de pensiones. Sin una amplia base poblacional, joven, activa laboralmente, que pueda contribuir fiscalmente y crear riqueza, el sistema de bienestar está condenado a muerte. Tal y como denuncia el IPF, el envejecimiento de la población al que contribuye el aborto produce un incremento de gastos sociales tanto en pensiones como en gastos asistenciales y sanitarios cada vez más difíciles de afrontar.

Escasez de alumnos, exceso de profesores. Entre los problemas sociales que el aborto contribuye a agravar, el IPF destaca el hecho de que los niños que dejan de nacer en España equivalen al cierre de 64 colegios de tamaño medio al año, con el consecuente exceso de profesorado que engrosará las cifras del desempleo.

Un Tribunal Constitucional silente

La Constitución Española establece en su artículo 15 que «todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes». Y añade que la pena de muerte queda abolida, salvo lo que dispongan las autoridades militares en tiempo de guerra.

¿Todos es todos? Es algo sobre lo que el Tribunal Constitucional se pronunció en 1985 como consecuencia de un recurso previo de inconstitucionalidad. En la sentencia 53/1985, de 11 de abril se estableció que:

  • El derecho a la vida «constituye el derecho fundamental esencial y troncal en cuanto es el supuesto ontológico sin el que los restantes derechos no tendrían existencia posible».
  • «La vida humana es un devenir, un proceso que comienza con la gestación (…) y que termina con la muerte».
  • “La gestación ha generado un tertium existencialmente distinto de la madre, aunque alojado en el seno de ésta”.

Y concluye que “si la Constitución protege la vida (…) no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente del claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la misma; por lo que ha de concluirse que la vida del nasciturus, en cuanto éste encarna un valor fundamental –la vida humana- garantizado en el art. 15 de la Constitución, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto constitucional” aunque no sea titular de derechos al no haber alcanzado personalidad jurídica con el nacimiento, de acuerdo al Código Civil.

Del mismo modo, el Tribunal Constitucional entendió en aquella ocasión que este bien jurídico puede entrar en conflicto con otros «de características singulares, que no pueden contemplarse tan sólo desde la perspectiva de los derechos de la mujer o desde la protección a la vida del nasciturus».

Estas consideraciones serían suficientes, según el jurista José María de Pablo, para que la Ley de 2010 hubiera sido declarada inconstitucional al permitir el aborto libre las primeras 14 semanas, plazo ampliado hasta las 22 semanas de vida prenatal en el caso de discapacidad del bebé.

El Partido Popular, entonces en la oposición, presentó un recurso en junio de 2010 sobre esta base. Pero desde entonces, el Tribunal Constitucional está silente sobre el fondo de la cuestión. Una posible explicación, es que a sus miembros sólo les caben dos opciones: revertir su propia doctrina expresada en 1985 (algo impensable para el jurista José María de Pablo) o decretar la inconstitucionalidad de la Ley Aído.

Así ha pasado una década en la que los miembros del Tribunal Constitucional sólo se han pronunciado a través del auto 90/2010 de 14 de julio para rechazar la petición de la suspensión de la aplicación de algunos preceptos de la ley, pese a sus evidentes efectos irreversibles: la muerte de miles de seres humanos.

Así lo subrayó el magistrado Eugeni Gay Montalvo, al afirmar en su voto particular que «existe un evidente perjuicio irreparable» dado que la ley recurrida «incide sobre el derecho a la vida, siendo así que algunos de sus artículos se refieren a la posibilidad de interrumpir voluntariamente el embarazo».

Además, se emitieron otros 3 votos particulares suscritos por otros 4 magistrados del Tribunal Constitucional (Javier Delgado Barrio, Guillermo Jiménez Salazar, José Rodríguez-Zapata Pérez y Ramón Rodríguez Arribas) en el mismo sentido. La votación se decidió por seis votos contra cinco.

Y desde entonces, el recurso sigue cogiendo polvo en alguna estantería del Tribunal Constitucional mientras miles de homicidios prenatales se producen todos los días.

(Nicolás de Cárdenas. Actuall)

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