Cataluña saca adelante la ley que legitima la okupación

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Obliga a ofrecer un alquiler social incluso a quienes entraron de manera ilegal

Ahora hace justo un año, el Tribunal Constitucional tumbaba en una durísima sentencia el decreto ley de Vivienda de la Generalitat de Cataluña, que contemplaba entre otras medida la obligación de los grandes propietarios de ofrecer una alquiler alternativo a personas en situación de vulnerabilidad aunque estuviesen ocupando de manera ilegal una propiedad, lo que según el sector era una legalización de facto de la okupación. El TC anuló el decreto ley señalando también que dicha regulación no podía realizarse mediante un decreto ley, sino que requería una norma de rango mayor.

Ley que legitima la okupación

Un año después, el Parlamento catalán recuperó ayer dicha regulación, ahora ya en formato ley, como exigía el TC, y con el apoyo de los grupos independentistas, el PSC y los comunes.

«Efecto llamada»

Ni con estos precedentes los grupos impulsores de la ley se echaron atrás, sacando adelante una regulación que además de obligar a los propietarios a ofrecer un alquiler social a quien, incluso habiendo ocupado de manera ilegal, esté en situación de vulnerabilidad, amplía la definición de gran tenedor con respecto a la regulación anterior: ahora incluirá a las personas jurídicas con más de diez viviendas (antes 15) y se mantiene en 15 para personas físicas, ajustándose ahora a la misma definición incluida en la ley estatal.

Del mismo modo, obliga a ofrecer alquiler social en casos de extinción de contrato: vigente durante cinco años si el gran tenedor es persona física, siete años si es persona jurídica y doce años si es un banco o fondo de inversión.

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