La Federación Madrileña de Familias Numerosas ha lanzado un globo aerostático con una pancarta que dice: «FAMILIA, LIBRES PARA EDUCAR»
Y a continuación se ha leído el manifiesto: Existe el derecho y deber de los padres a ser los primeros y principales educadores de sus hijos.
Este manifiesto señala que el derecho a educar de los padres es anterior al Estado .
El Estado debe garantizar ese derecho y ese deber.
Estamos aquí porque no existe esa garantía y vemos vulnerado nuestro derecho a educar a nuestros hijos según nuestras convicciones y según nuestro criterio a la hora de elegir centro escolar.
Por su interés reproducimos en su integridad el manifiesto de FFNN (FEDMA)
MANIFIESTO POR LA LIBERTAD DE LOS PADRES EN LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS
- Existe el derecho y deber de los padres a ser los primeros y principales educadores de sus hijos.
- Este derecho a educar de los padres es anterior al Estado
y está amparado por la norma suprema del ordenamiento
jurídico español: la Constitución Española (artículo 27.1 y
27.3), además de contar con referencias en la Sentencia del
Tribunal Constitucional (TC) 74/2018. - El derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos
cuenta también con el respaldo jurídico internacional, al
estar recogido en varias normativas que traspasan nuestras
fronteras, como la Declaración Universal de los Derechos
Humanos (artículo 26.3). También ampara el derecho de los
padres en la educación de los hijos, y la obligación del Estado
de garantizar ese derecho, el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos (artículo 18.4, donde dice que los Estados
Parte en dicho Pacto se comprometen a respetar la libertad de
los padres para garantizar que los hijos reciban la educación
religiosa y moral según sus convicciones. Y también lo recoge
el Protocolo adicional al Convenio para la protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de
París, 20 de marzo de 1952, en su artículo 2. - Por todo ello, el derecho de los padres en relación con la
educación de sus hijos resulta indiscutible y el Estado tiene
la obligación de respetar sus legítimas opciones ideológicas,
filosóficas y religiosas. Tiene que respetar la libertad de
conciencia, religiosa y educativa, libertades consagradas en
nuestra Carta Magna y en todos los tratados de Derechos
Humanos de los que España es signataria. - El papel del Estado es, precisamente, el de garantizar que
los padres pueden ejercer su derecho y cumplir su deber
en relación con la educación de sus hijos, pudiendo elegir el
tipo de educación que quieren para éstos, según sus
convicciones. - El Estado no puede imponer una determinada educación,
estableciendo ciertos contenidos que los padres no
consideren adecuados para la formación y educación de sus
hijos, y para los que ni siquiera hayan sido informados. - El derecho de adoctrinar y manipular en los colegios vulnera
el derecho de los padres. - Negar el consentimiento de los padres es pretender el
control ideológico de la escuela, algo constitucionalmente
prohibido por violentar el mayor interés del menor y la patria
potestad, que es un derecho de los hijos a ser protegidos. - Sin el consentimiento expreso de los padres, los colegios se
vuelven semilleros ideológicos a espaldas de los padres y
se vulnera la confianza que éstos depositaron en el centro
escolar donde llevan a sus hijos. - Afortunadamente, en nuestro país, los padres contamos
con una herramienta, como es la libertad de elección de
centro educativo, para poder elegir el tipo de educación que
queremos para nuestros hijos: las ofertas educativas son
muchas y los padres tienen derecho a elegir en libertad e
igualdad el centro que consideren mejor para sus hijos. Sin
embargo, este derecho queda anulado en parte cuando los
centros introducen ciertos contenidos o actividades de las que
los padres no han sido informados previamente y pueden ser
contrarias a sus convicciones morales. - También queda anulada la libertad de educación cuando
se suprimen de las ofertas educativas los centros de
educación especial y los centros concertados. - Igual que a los padres se les pregunta con normalidad si
desean que sus hijos reciban la asignatura de religión y éstos
deciden libremente, pedimos que se aplique el mismo criterio
en los contenidos de las actividades complementarias.
Exigimos que los padres puedan conocer
supervisar y validar los contenidos educativos que
reciban sus hijos, especialmente cuando se trata
de educación afectivo-sexual.
No es cuestión de estar a favor o en contra de lo que
les cuenten o enseñen en el colegio; pedimos
únicamente que la formación del niño sea
transparente para los padres, que son los máximos
responsables de su cuidado y de su educación.