En España, el término «familia numerosa» se introdujo en la Ley del 1 de agosto de 1941, reformada posteriormente en 1943, entendiéndose entonces como tales, aquellas con cuatro o más hijos. Ahora, 80 años después, la ley impulsada por el departamento que dirige la comunista Ione Belarra, elimina esta denominación que también había estado presente en las anteriores leyes de 1971, que fue objeto de posteriores modificaciones, y de 2003, que está actualmente en vigor.

La nueva Ley también dicta que todas las referencias que el ordenamiento jurídico haga a las «familias numerosas» se entenderán realizadas a las «familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza», «cuya denominación modifica esta ley».

En concreto, el anteproyecto de la nueva Ley de Familias modifica el título de la Ley de Protección a las Familias Numerosas de 2003, que pasará a denominarse «Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza».

Además, cambia los artículos primero y segundo de la norma, que hasta ahora se referían en exclusiva a las familias con tres o más hijos, para ampliar el objeto de la norma a las familias monoparentales; a las formadas por uno o dos progenitores, adoptantes o acogedores con dos hijos, sean o no comunes, cuando al menos uno de ellos tenga una discapacidad; y a las compuestas por dos progenitores, cuando ambos tengan discapacidad, o, al menos, uno de ellos tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% o esté incapacitado para trabajar, con dos hijos.