El TC se inclina por declarar inconstitucional el primer estado de alarma

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Los magistrados han decidido posponer la decisión hasta el pleno de julio porque el margen es mínimo -seis a cinco- y falta pronunciarse la vicepresidenta. Ganaría así la tesis del ponente.

El debate en torno a la inconstitucionalidad del primer estado de alarma se le ha atragantado al Tribunal Constitucional. Después de dos días de debate, los magistrados están tan divididos que han decidido darse un tiempo de reflexión y posponer la votación hasta el pleno de julio.  

De momento hay seis votos a cinco en favor de declarar inconstitucional aquel decreto de marzo. Tendría la última palabra Encarnación Roca, vicepresidenta del órgano judicial. Ya que en una primera ocasión la magistrada no se pronunció de forma expresa ni concisa a favor o en contra de la propuesta del ponente.

La tesis de este último, Pedro González-Trevijano, es que la suspensión de derechos fundamentales -circulación, residencia y reunión- exige aplicar, como mínimo, el estado de excepción.

El ponente considera que debería haberse declarado, como mínimo, el estado de excepción

Fuentes del Constitucional han confirmado a ESdiario que la sentencia propuesta por Trevijano tiene de su parte, hasta el momento, una mayoría mínima. Porque quien presentó el recurso fue Vox, lo que ha provocado algunas discrepancias en el transcurso de las deliberaciones, a las que ha habido que sumar grandes dudas en el fondo del asunto, desde un punto de vista jurídico.

Mientras el sector progresista de la institución -integrado por los magistrados María Luisa Balaguer, Cándido Conde Pumpido y Juan Antonio Xiol– considera que el Gobierno hizo lo correcto con la alarma vigente entre el 14 de marzo y el 7 de junio de 2020; el conservador  -con el ponente Pedro González Trevijano al frente, Alfredo Montoya, Santiago Martínez VaresAntonio Narváez y Ricardo Enríquez, es favorable al criterio del ponente: tenía que haberse decretado en España el estado de excepción.

A los primeros se suman dos magistrados conservadores, el presidente del TC Juan José González Rivas, y Andrés Ollero, lo que equilibra la balanza hasta el desempate final.

La posición de Encarnación Roca, vicepresidenta del órgano judicial, es en este momento la que decantará la decisión. Ya que en una primera ocasión la magistrada no se pronunció de forma expresa ni concisa a favor o en contra de la propuesta del ponente.

El Tribunal de Garantías considera que la intervención del Gobierno para acordar un confinamiento general en España y hacer frente a la pandemia -al igual que sucedió en buena parte de los países de nuestro entorno- respondió de manera proporcionada y lógica a una situación de necesidad.

El cierre total

Sin embargo, el Ejecutivo de Pedro Sánchez se equivocó en el modo de llevarlo a cabo. El impacto del cierre total provocó una restricción absoluta de los derechos más básicos de los ciudadanos que exigía un paso más.

Tal es así que el Tribunal recomienda al Ejecutivo que, sin una reforma previa de la legislación actual y si en un futuro se produce una situación similar, el mecanismo correcto para limitar completamente derechos fundamentales, no es la alarma sino la excepción.

El confinamiento total y la falta de control al Gobierno no son constitucionales con un estado de alarma

No en vano, los magistrados, con el ponente Trevijano a la cabeza, consideran que desde el inicio y con la primera prórroga, cuando los sucesivos anuncios del Gobierno no sólo apuntaban a una prolongación en el tiempo de la situación de confinamiento de los ciudadanos en sus hogares, lo adecuado habría sido que Sánchez hubiese solicitado autorización al Congreso para declarar el estado de excepción.

Prueba de ello es que la propia Mesa del Congreso adoptó acuerdos para suspender los plazos de control al Gobierno. La Comisión Ejecutiva del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) también acordó interrumpir los plazos judiciales con carácter general. Y las autoridades públicas reconocían por entonces un colapso del sistema sanitario.

(María Jamardo. EsDiario)

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