El Gobierno da manga ancha a la okupación de viviendas durante la pandemia

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El Gobierno ha introducido un peligroso cambio en la norma que afecta a la ley antidesahucios y a la okupación de viviendas durante la pandemia.

Sorpresa en el BOE. El Gobierno ha introducido un peligroso cambio en el Decreto Ley de este miércoles que afecta directamente a la ley antidesahucios y a la okupación de viviendas. En un principio, el de hoy iba a ser un texto casi inofensivo con el que el Gobierno creaba la figura del «consumidor vulnerable» —de la que no quedaba muy clara su utilidad, aunque no parecía excesivamente problemática—, pero nada mas lejos de la realidad.

Sin hacer apenas ruido, el Ejecutivo de Sánchez e Iglesias ha incluido en la norma una modificación del Real Decreto aprobado en diciembre que prohibía los desahucios hasta el final del estado de alarma. La medida de diciembre ya puso en alerta a las asociaciones de propietarios y a las compañías de protección de alquileres, que cargaron en tromba contra su puesta en marcha. Algunas de sus críticas, de hecho, coincidían en señalar entonces a esta prohibición de los desahucios como una «expropiación» de facto a las viviendas por parte del Estado.

Ahora, el Gobierno ha dado un paso más con dos matices importantes que podrían dar manga ancha a la okupación de viviendas, sobre todo, en uno de ellos. Y es que el texto anterior contemplaba el delito de okupación como un supuesto en el que el desahucio sí continuaría su curso y no estaría amparado por la moratoria, aunque estuviéramos en estado de alarma. Sin embargo, la nueva norma exige que esos okupas sean violentos para poder echarlos. Parece que, si son pacíficos y amigables, tendrán vivienda gratis por unos cuantos meses.

En concreto, la modificación c del apartado 7 del artículo 1 bis dice que «cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas» el desahucio se podrá llevar a cabo. Lo escandaloso del asunto es que dar una patada en la puerta a una vivienda para okuparla no se considera violencia, según explica el director de Abogado de Desahucios, José Valero, a Libre Mercado. «La patada en la puerta no es violencia sobre las personas, es fuerza en las cosas, que no está contemplado. Por tanto, si dan una patada en la puerta no se les puede desahuciar, eso sí, siempre que sean vulnerables», explica. Otras fuentes jurídicas, que prefieren no desvelar su identidad, también señalan que los okupas de patada estarían amparados ahora.

Tras la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo, el Gobierno prohibió los desahucios de todas las personas que estuvieran afectadas económicamente por la covid —por ejemplo, si habían mermado sus ingresos por encontrarse en paro o en un ERTE—, pero en diciembre ampliaron esos requisitos a todos los considerados «vulnerables». El abogado José Valero considera «muy importante tener claro que, a día de hoy, se puede desahuciar si la persona no cumple con los requisitos de vulnerabilidad, no solicita a los servicios sociales que se le declare esa situación de vulnerabilidad o tiene otra alternativa habitacional».

¿Hay desahucios ahora? Sí

El pasado 30 de diciembre, este mismo abogado desalojó de un piso en el centro de Madrid a varios okupas con los que previamente el propietario particular había intentado negociar para que saliesen de su casa, sin conseguirlo al exigirle una elevada suma de dinero. Estas tres personas habían entrado de patada al domicilio de un hombre que tenía el piso vacío para entregárselo a su hijo cuando este se casara. «Aunque podían haber cumplido los requisitos de vulnerabilidad, porque estos tres magrebíes no tenían ingresos, al tratarse de un delito de okupación, les pudimos echar rápidamente. Eso sí, ahora, con la nueva norma, no les podría haber echado y seguirían en el piso de mi cliente unos cuantos meses más organizando peleas, barullo y dejando entrar a un montón de gente como estaban haciendo», relata el experto.

El segundo matiz que introduce hoy el Gobierno es que el desahucio se puede seguir llevando a cabo siempre que ese inmueble esté cedido a una persona que lo tenga como primera o segunda residencia. En concreto: «Cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviere en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada». Por tanto, si se trata de un piso vacío y se da una patada a la puerta, aunque se trate de un particular, que son los propietarios del 80% de las viviendas de España, la okupación no tendrá consecuencias para el Ejecutivo.

La fina línea de la «vulnerabilidad»

José Valero critica que los criterios de vulnerabilidad «sean más exigentes con un inquilino que no paga el alquiler que con un okupa que no tiene ni contrato y está cometiendo un delito de usurpación o allanamiento, porque al primero se le miden sus ingresos y la parte de la renta que paga al mes y al okupa, sólo sus ingresos». También cree que los servicios sociales, que son los encargados de determinar quién es un okupa vulnerable o no «no van a poder gestionar toda la avalancha de casos» que están por venir. «Hay gente que lo necesita, pero hay gente que lo va a aprovechar para tirarse en una casa 4 o 5 meses más sin pagar nada e ir ahorrando», vaticina.

En una línea muy similar va José Ramón Felipe Condés, director de JR Abogados. «Ahora, todo el mundo se va a apuntar al carro de la vulnerabilidad y los servicios sociales no tienen capacidad para evaluarlo todo porque son cuatro gatos. Hay una delgada línea entre los vulnerables de verdad y los okupas que se meten en una vivienda para hacerle la vida imposible al propietario», asegura. «Yo en los juzgados me encuentro de todo, pero trabajadores del Mcdonald’s que han perdido su trabajo y son okupas no te encuentras; te encuentras al típico quinqui que no paga porque no quiere. Es más, nosotros nos hemos encontrado al mismo okupa en 3 o 4 viviendas diferentes. Es demencial», relata.

Para más inri, y como prueba de que la okupación profesional se está extendiendo cada vez más en nuestro país, este abogado cuenta que «nos han llamado un montón de veces por teléfono personas para pedirnos asesoramiento para okupar una vivienda y nosotros no trabajamos con delincuentes porque la okupación es un delito, que parece que se le está olvidando a alguien».

El abogado considera que el nuevo texto va a provocar «un efecto llamada a la okupación» y considera que cuando el Gobierno incluye que «estas medidas de suspensión se establecen con carácter extraordinario y temporal» lo hace para «no enfadar a los pequeños propietarios, pero los va a enfadar igual». Si antes de la norma, «llevar a cabo un desahucio llevaba 5 o 6 meses, a no ser que se aprobara el desahucio inmediato con medidas cautelares, ahora se alargará todavía más la agonía del propietario». Por todo esto, al experto no le extraña «que se esté creando una justicia paralela con empresas de forzudos que echan a los okupas. Es indignante que unos señores de gimnasio tengan que hacer lo que no es capaz de hacer la administración«. Desde el Gobierno no han respondido a este periódico sobre los posibles efectos de la norma. Ni siquiera han concretado qué ministerio es el responsable del cambio, si Fomento o la Vicepresidencia de Derechos Sociales, ya que el Ministerio de Consumo niega haber tomado esta decisión.

(Beatriz García. Libertad Digital)

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