El CGPJ se despedirá con un demoledor informe contra la ley estrella de Podemos

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El último pleno antes de la renovación aprobará un texto que objeta duramente el contenido de la ley de libertad sexual, conocida como ley de ‘solo sí es sí’ o ley Montero.

El actual Consejo General del Poder Judicial, que lleva más de dos años fuera de mandato, se despedirá este jueves con la aprobación de un demoledor informe sobre la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del ‘solo sí es sí’ o ley Montero, considerada la principal reforma legislativa de Unidas Podemos en el Gobierno.

Si finalmente el PSOE y el PP cierran en estos días el acuerdo para renovar esta institución, será el último pleno de los actuales vocales, la mayoría de procedencia conservadora. Y su sello último, tras meses de enfrentamientos con Unidas Podemos, por ejemplo, condenando declaraciones de Pablo Iglesias, será el informe crítico contra el anteproyecto de ley.

El acuerdo de renovación podría anunciarse este mismo miércoles y luego será necesario que comparezcan los candidatos en las comisiones de nombramientos de ambas Cámaras y que se voten en los plenos la segunda semana de marzo. A partir del pleno del jueves, habrá mayoría progresista para aprobar informes sobre las leyes que apruebe el Gobierno, antes de remitirlas al Congreso.

El informe no es vinculante, aunque sí indicativo, al referirse a una norma muy discutida y que ha pasado por multitud de vicisitudes, que están alargando el trámite de manera insólita. Para empezar, su tramitación en el Consejo de Ministros hace casi un año supuso el primer enfrentamiento en el Gobierno entre el sector del PSOE y el de Unidas Podemos, porque los socialistas entendían que carecía de calidad legislativa, entre otras críticas. Y el sector de Pablo Iglesias llegó a tachar de machista al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, que se opuso a la redacción inicial de la norma.

Una vez que pasó por el Consejo de Ministros, aún sufrió numerosas rectificaciones y llegó a ser retirada de los órganos consultivos, es decir, Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial y Consejo Fiscal, para introducir más modificaciones. Finalmente, el Consejo Fiscal dio el aval a la norma por unanimidad, pese a ser una institución con mayoría conservadora. Pero en el Consejo General del Poder Judicial se ha atascado, hasta el punto de hacer que se incumplan los plazos previstos y romper los planes del Ministerio de Igualdad, que esperaba aprobarla de nuevo en Consejo de Ministros antes del 8 de marzo, día de la mujer.

Foto: La ministra de Igualdad, Irene Montero, y el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo. (EFE)

Una vez aprobado el informe en el CGPJ este jueves, irá al Consejo de Estado, lo que supone que la ley no será aprobada en Consejo de Ministros antes de abril y difícilmente podrá iniciar el largo trámite parlamentario antes de otoño. No saldría aprobada definitivamente antes de 2022, dos años después de iniciar su tramitación en el Ministerio de Igualdad.

La norma establece modificaciones en los delitos sexuales, entre otras cosas, para exigir el consentimiento expreso y reformar los actuales delitos de abuso sexual.

El informe del CGPJ se basará en una ponencia elaborada por los vocales Roser Bach, Juan Manuel Fernández y Pilar Sepúlveda. De las dos ponentes, una es miembro de la asociación progresista Jueces para la Democracia y la otra una abogada que lleva décadas dedicada a la defensa de víctimas de agresiones sexuales. De hecho, su valoración coincide casi punto por punto con el informe emitido hace solo unos días por la Comisión Penal de JpD. Es previsible que el informe sea aprobado en el pleno. En él se señala que “la definición del consentimiento que introduce el anteproyecto puede comportar una inversión de la carga de la prueba y no logrará evitar la victimización secundaria”.

Foto: Manifestación feminista en protesta por la sentencia sobre los cinco miembros de La Manada en Madrid (EFE)

Según explican, “la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual podría tener un efecto de desprotección de la víctima al resultar irrelevante el empleo de un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor”.

Las críticas se refieren a la técnica legislativa, la exigencia de prueba y la graduación de las penas según los delitos, entre otras demoledoras críticas. Por ejemplo, los ponentes del informe “consideran innecesaria la definición que el anteproyecto introduce en el artículo 177.1 del Código Penal, según la cual ‘se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes su voluntad expresa de participar en el acto”.

Precisa que «una definición de consentimiento no logrará evitar la victimización secundaria, pues hará girar los interrogatorios hacia el modo en que la víctima suele prestar consentimiento sexual para determinar el alcance de las ‘circunstancias concurrentes».

Foto: La ministra de Igualdad, Irene Montero. (EFE)

Asegura que la norma de Igualdad contiene elementos contradictorios y que “la creación en el artículo 178 del Código Penal de una única categoría delictiva de agresión sexual que aglutina lo que hoy constituyen dos tipos distintos, el de agresión sexual y el de abusos sexuales, conlleva una indiferencia valorativa de los medios comisivos que choca con el principio de proporcionalidad”.

Concluye que “puede tener un efecto de desprotección de las víctimas, pues para el autor del delito no tendrá mayores consecuencias emplear un medio comisivo más lesivo que otro de intensidad menor. Para evitarlo, sería necesario prever una modalidad agravada de agresión sexual cuando concurra un medio comisivo especialmente lesivo (claramente, con violencia, con amenazas), imponiendo la pena en su mitad superior” y “también se incurre en el riesgo de castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad”.

Habla de omisiones y errores, como no establecer qué juzgados serían competentes en caso de un delito de violencia sexual cometido por un menor, y cuestiona que tenga el carácter de ley orgánica “parcial”.

(Fernando Garea/Beatriz Parera. ElConfidencial)

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