Cuando más se debería proteger a lo menores de edad, Ecuador ha dado el primer paso de la legalización de la pederastia. Desde los catorce años los adolescentes podrán dar su consentimiento para mantener relaciones sexuales con adultos
La Corte Constitucional del Ecuador ha declarado que los adolescentes, desde los 14 años, tienen capacidad para consentir una relación sexual con adultos. La sentencia revisó la constitucionalidad de lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal, en donde se especifica: «En los delitos sexuales, el consentimiento dado por la víctima menor de 18 años de edad es irrelevante».
En el fallo se lee que se deben considerar las circunstancias de cada caso y se deben tener en cuenta cinco parámetros: El consentimiento debe ser brindado de forma libre, voluntaria, autónoma, sin presiones de ningún tipo, sin violencia, amenaza o coerción. El adolescente que consienta una relación sexual debe estar en la capacidad de hacerlo en función de su madurez, autonomía progresiva y evolución de sus facultades. Además, expresa la sentencia que, no debe existir ningún tipo de relación asimétrica o desiguales de poder o de sometimiento que vicien dicho consentimiento. En este punto se considerarán aspectos como la edad, el sexo, el parentesco, el grado de madurez, la experiencia, la pertenencia a un grupo minoritario, la existencia de una discapacidad, el contexto social, económico, cultural, etc.
Ecuador ya ha consumado la legalización de la pederastia. A partir de aquí se desarrollarán dos líneas de aberraciones: en primer lugar, ¿por que a los 14 años? ¿ Y si un chico quiere a los 13, 12 u 11 años?; en segundo lugar, servirá Ecuador de ejemplo para otras naciones. Si se ha legalizado en Ecuador es cuestión de tiempo que se legalice en otros países