Desde hoy, los animales de compañía serán jurídicamente miembros de la familia

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Una reforma legal los cataloga como “seres vivos dotados de sensibilidad”. Los jueces tendrán que velar por su bienestar en casos de divorcio. 

A partir de hoy,  miércoles 5 de enero, los animales de compañía serán ante la ley una parte más de la familia. Pasarán a tener un estatuto jurídico y desde entonces serán considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”, lo que les conferirá una consideración de miembros de la familia.
Triple reforma legal
El cambio se debe a una triple reforma legal del Código Civilla Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE).El texto no especifica cuándo entrará en vigor, por lo que en esos casos se aplica la vacatio legis, esto es, entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, el 5 de enero de 2022.Esta iniciativa fue presentada por el PSOE en el Congreso. No obstante, el origen está en una iniciativa legislativa popular impulsada en 2015 por el Observatorio Justicia y Defensa Animal, que recogió más de 500.000 firmas para que los animales dejen de ser cosas en el Código Civil para ser considerados seres sintientes.Custodia compartida en caso de divorcio o separación.

La norma regula la custodia compartida de los animales de compañía en caso de divorcio o separación ya sean matrimonios o parejas de hecho y señala que las mascotas no deben ser embargadas o hipotecadas, que no sean abandonadas, que no se les cause sufrimiento o dolor, no se las utilice como herramienta en la violencia de género y que pueda disponerse de ellas por testamento.

La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación o divorcio a la hora de concretar el régimen de convivencia, custodia, cuidado de estos, régimen de visitas y será el juez el encargado de decidir a quién entregar el cuidado de estos en función de su bienestar.

Herencia 

Además, incorpora este concepto a la hora de decidir en situaciones de herencia, sucesión, por lo que el juez se encargará de fijar el destino de un animal en caso de fallecimiento de su propietario, atendiendo a su bienestar y atendiendo a la concurrencia entre los malos tratos a animales con la violencia doméstica, de género, el maltrato y el abuso sexual infantil, incluye la limitación de la guardia y custodia en los casos en que haya antecedentes por maltrato animal ejercida como forma de violencia o maltrato psicológico de estos.

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