Compendio de la Doctrina Social Católica | Julio García

Tras el fallecimiento de S.S. el Papa Francisco, creemos necesario recordar cuáles son los principios de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, para ayudar al nuevo Pontificado en su difícil labor.

El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia Católica (en adelante Compendio) fue elaborado a partir de un importante documento eclesial en el año 2004, bajo el pontificado de San Juan Pablo II, a petición expresa suya, y con el entonces Cardenal Ratzinger como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe (esto es, la máxima autoridad en la Iglesia para custodiar la Doctrina Católica), que constituye un resumen de la Doctrina Social de la Iglesia Católica, a través de todos sus documentos: Encíclicas, Concilios y otras muchas aportaciones. Por ello, es digno de toda confianza e interés.

Quien piense que es un documento “sólo para católicos” tiene que leer lo que dice el propio Compendio: “La doctrina social de la Iglesia (en adelante DSC) es una enseñanza expresamente dirigida a todos los hombres de buena voluntad y, efectivamente, es escuchada por los miembros de otras Iglesias y Comunidades Eclesiales, por los seguidores de otras tradiciones religiosas y por personas que no pertenecen a ningún grupo religioso.” (12, 41, 84, 579).

Por ello es una Doctrina válida para todos los seres humanos, cristianos o no, de buena voluntad, provistos de un mínimo de valores éticos y morales básicos. Esta cualidad de la DSC se aprecia en seguida al leer el Compendio en su integridad, y tiene validez mucho más allá de la esfera de los creyentes. El “humanismo integral y solidario” (6, 7, 327), utilizando la expresión que preconiza el Compendio, tiene alcance universal, más allá de las ideas o creencias particulares de las personas concretas.

Dada la densidad y profundidad del documento, no podemos resumir en el espacio de un artículo la totalidad de su contenido. Sí recomendamos vivamente su lectura, o su consulta sobre temas concretos, fácil de realizar gracias a los índices analíticos y temáticos de que dispone en sus versiones impresas. Por otra parte, resulta muy sencillo de encontrar en Internet, sólo con buscar los términos “Compendio” y “Doctrina Social de la Iglesia Católica” (https://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/justpeace/documents/rc_pc_justpeace_doc_20060526_compendio-dott-soc_sp.html). (*)

Desde nuestra modesta condición de cristiano de a pie y sin ningún tipo de pretensión teológica, queremos destacar algunas ideas del Compendio que consideramos de validez para diseñar el futuro social y político de la sociedad española actual (Los resaltados son nuestros):

La libertad.

Citamos algunos párrafos del apartado que el Compendio dedica a definir el verdadero concepto de libertad. La idea de libertad que define es absolutamente diferente a las concepciones basadas en cualquier “ismo” o ideología contingente, porque se sitúa en un plano superior (puntos 135 a 143):

“…En el ejercicio de la libertad, el hombre realiza actos moralmente buenos, que edifican su persona y la sociedad, cuando obedece a la verdad, es decir, cuando no pretende ser creador y dueño absoluto de ésta y de las normas éticas…” (138)

“…en el juicio práctico de la conciencia, que impone a la persona la obligación de realizar un determinado acto, se manifiesta el vínculo de la libertad con la verdad...” (139)

“…El ejercicio de la libertad implica la referencia a una ley moral natural, de carácter universal, que precede y aúna todos los derechos y deberes. Esta ley se llama natural porque la razón que la promulga es propia de la naturaleza humana. Es universal, se extiende a todos los hombres en cuanto establecida por la razón…” (140)

“…La libertad está misteriosamente inclinada a traicionar la apertura a la verdad y al bien humano y con demasiada frecuencia prefiere el mal y la cerrazón egoísta, elevándose a divinidad creadora del bien y del mal…” (143)

“…En la diversidad de las culturas, la ley natural une a los hombres entre sí, imponiendo principios comunes.” “…sólo una libertad que radica en la naturaleza común puede hacer a todos los hombres responsables y es capaz de justificar la moral pública. Quien se autoproclama medida única de las cosas y de la verdad no puede convivir pacíficamente ni colaborar con sus semejantes…” (141)

“…No se debe restringir el significado de la libertad, considerándola desde una perspectiva puramente individualista y reduciéndola a un ejercicio arbitrario e incontrolado de la propia autonomía personal. Lejos de perfeccionarse en una total autarquía del yo y en la ausencia de relaciones, la libertad existe verdaderamente sólo cuando los lazos recíprocos, regulados por la verdad y la justicia, unen a las personas…” (199).

“…La libertad, por otra parte, debe ejercerse también como capacidad de rechazar lo que es moralmente negativo, cualquiera que sea la forma en que se presente, como capacidad de desapego efectivo de todo lo que puede obstaculizar el crecimiento personal, familiar y social…” (200) (Fin de las citas)

Es clara la procedencia del concepto de libertad de la DSC, basada en la máxima evangélica: “Conoceréis la verdad y la verdad os hará libres” (Jn, 8:31-38).

La familia y la enseñanza. Citamos de nuevo:

“La familia tiene una función original e insustituible en la educación de los hijos… “Los padres tienen el derecho y el deber de impartir una educación religiosa y una formación moral a sus hijos: derecho que no puede ser cancelado por el Estado, antes bien, debe ser respetado y promovido.” (239)

“Los padres tienen el derecho a elegir los instrumentos formativos conformes a sus propias convicciones y a buscar los medios que puedan ayudarles mejor en su misión educativa, incluso en el ámbito espiritual y religioso. Las autoridades públicas tienen la obligación de garantizar este derecho y de asegurar las condiciones concretas que permitan su ejercicio.” (240)

“Los padres tienen el derecho de fundar y sostener instituciones educativas. Por su parte, las autoridades públicas deben cuidar que las subvenciones estatales se repartan de tal manera que los padres sean verdaderamente libres para ejercer su derecho, sin tener que soportar cargas injustas. Los padres no deben soportar, directa o indirectamente, aquellas cargas suplementarias que impiden o limitan injustamente el ejercicio de esta libertad. (241).” (Fin de las citas)

La defensa del derecho a la vida:

“…El primer derecho enunciado en este elenco es el derecho a la vida, desde su concepción hasta su conclusión natural, que condiciona el ejercicio de cualquier otro derecho y comporta, en particular, la ilicitud de toda forma de aborto provocado y de eutanasia…” (155)

El aborto… es un delito abominable y constituye siempre un desorden moral particularmente grave.” (233)

La corrupción:

“…Entre las deformaciones del sistema democrático, la corrupción política es una de las más graves porque traiciona al mismo tiempo los principios de la moral y las normas de la justicia social; compromete el correcto funcionamiento del Estado, influyendo negativamente en la relación entre gobernantes y gobernados; introduce una creciente desconfianza respecto a las instituciones públicas, causando un progresivo menosprecio de los ciudadanos por la política y sus representantes, con el consiguiente debilitamiento de las instituciones. La corrupción distorsiona de raíz el papel de las instituciones representativas, porque las usa como terreno de intercambio político entre peticiones clientelistas y prestaciones de los gobernantes. De este modo, las opciones políticas favorecen los objetivos limitados de quienes poseen los medios para influenciarlas e impiden la realización del bien común de todos los ciudadanos…” (411)

Libertad en la información:

“…Entre los obstáculos que se interponen a la plena realización del derecho a la objetividad en la información, merece particular atención el fenómeno de las concentraciones editoriales y televisivas, con peligrosos efectos sobre todo el sistema democrático cuando a este fenómeno corresponden vínculos cada vez más estrechos entre la actividad gubernativa, los poderes financieros y la información…” (414)

Actitud frente a leyes ilegítimas:

“Cuando en ámbitos y realidades que remiten a exigencias éticas fundamentales se proponen o se toman decisiones legislativas y políticas contrarias a los principios y valores cristianos, el Magisterio enseña que «la conciencia cristiana bien formada no permite a nadie favorecer con el propio voto la realización de un programa político o la aprobación de una ley particular que contengan propuestas alternativas o contrarias a los contenidos fundamentales de la fe y la moral».” (570)

Terrorismo. El segundo párrafo es revelador:

El terrorismo se debe condenar de la manera más absoluta. Manifiesta un desprecio total de la vida humana, y ninguna motivación puede justificarlo, en cuanto el hombre es siempre fin, y nunca medio. Los actos de terrorismo hieren profundamente la dignidad humana y constituyen una ofensa a la humanidad entera. Existe, por tanto, un derecho a defenderse del terrorismo.” (514)

“… Es una profanación y una blasfemia proclamarse terroristas en nombre de Dios… Ninguna religión puede tolerar el terrorismo ni, menos aún, predicarlo.” (515)

Ataques a los valores:

“El principio de laicidad conlleva el respeto de cualquier confesión religiosa por parte del Estado, que asegura el libre ejercicio de las actividades del culto, espirituales, culturales y caritativas de las comunidades de creyentes. Por desgracia todavía permanecen, también en las sociedades democráticas, expresiones de un laicismo intolerante, que obstaculizan todo tipo de relevancia política y cultural de la fe, buscando descalificar el compromiso social y político de los cristianos sólo porque estos se reconocen en las verdades que la Iglesia enseña y obedecen al deber moral de ser coherentes con la propia conciencia; se llega incluso a la negación más radical de la misma ética natural. Esta negación, que deja prever una condición de anarquía moral, cuya consecuencia obvia es la opresión del más fuerte sobre el débil, no puede ser acogida por ninguna forma de pluralismo legítimo, porque mina las bases mismas de la convivencia humana. A la luz de este estado de cosas, la marginalización del cristianismo… no favorecería ciertamente el futuro de proyecto alguno de sociedad ni la concordia entre los pueblos, sino que pondría más bien en peligro los mismos fundamentos espirituales y culturales de la civilización.” (572) (Fin de todas las citas).

Hemos citado sólo aquellos temas que suponen algún tipo de compromiso o implicación, es decir, que son sujetos de conflicto en el ámbito cultural, social o político, y además plenamente vigentes en la España actual. El resto de las ideas que difunde el Compendio son de mucho interés: El Bien Común, la Subsidiariedad, la Solidaridad, la Participación, etc. También es especialmente interesante la perspectiva económica, sobre la propiedad y el trabajo de la DSC, para desarrollar en otro momento.

Pero por muy bien que nos parezca que la DSC hable, por ejemplo, de la comunidad política, de la paz, o de la participación, etc., si ello no supone ningún tipo de compromiso real o de batalla política -al menos en el momento actual-, o se queda en el limbo de las buenas ideas abstractas, es menos relevante para la acción política directa, aunque estemos de acuerdo con los conceptos.

Al analizar la literalidad del Compendio, y lo que defiende la DSC, vemos que las principales ideas que hemos incluido aquí se encuentran en lo que ahora se denomina “la incorrección política”.

Probablemente por esa razón las estructuras eclesiales (jerarquías eclesiásticas, organizaciones eclesiales, teólogos, profesores, catequistas, publicaciones, editoriales, centros educativos, universidades, grupos confesionales, emisoras, periódicos, parroquias, hasta los sacerdotes en la misa de los domingos) guardan un absoluto silencio sobre la DSC, o sólo hablan en abstracto y sin polemizar sobre generalidades buenistas que no molesten a la izquierda: la paz, el medio ambiente, la solidaridad, algunos (no todos) de los derechos humanos… Que cada uno califique estas actitudes como quiera, pero los textos del Compendio están ahí, y presentan una visión radicalmente opuesta al denominado “consenso progre”.

Aparte de la firmeza y claridad con que el Compendio de DSC defiende el derecho a la vida, la familia y la libertad de enseñanza, la severidad con que juzga a la corrupción, a la colusión prensa-poder, o denuncie las leyes ilegítimas, el terrorismo o los ataques a los valores, destaca el concepto de libertad definido en la DSC, por su fuerte contraste con las erróneas ideas progresistas sobre la libertad que pretenden hegemonizar nuestra sociedad actual. A pesar del silencio al que está sometido el Compendio y toda la DSC, se trata de un documento de la máxima importancia para los cristianos y para todas las personas con valores.

En el ámbito de los partidos del arco parlamentario en España, hay un punto en el que casi todos tienen una praxis opuesta a la DSC: la corrupción. En el momento actual, en España hay varios presidentes autonómicos o exministros de todos los partidos que han estado, están o estarán en la cárcel por corruptos, o que se han librado por los pelos (o a saber con qué artimañas), además de centenares de políticos condenados por corrupción de casi todos los partidos. El colmo lo estamos viviendo ahora, con el entorno de Sánchez y de todo el PSOE trufado por un número aún abierto de casos de flagrantes corruptelas.

La izquierda ha manifestado, en la teoría y en la práctica, su enemistad radical con cualquier criterio cristiano aplicado a la política.

Los separatistas han practicado desde su aparición una política de odio, exclusión social y de justificación de la violencia física o psicológica y del terrorismo incompatibles de todo punto con la DSC.

El centro político (PP) ha seguido políticas centristas, como no podía ser de otra manera; es decir, una cierta oposición de boquilla para no perder a su electorado con valores (los votantes de derechas de un partido centrista que les ignora salvo para pedirles el voto), pero cuando han tenido la oportunidad de cambiar las leyes no lo han hecho. En ningún momento de su paso por el poder han modificado la deriva estatista de las leyes educativas; ni antes, ni ahora ni en el futuro han modificado o modificarán la ley del aborto, o lo defienden; tienen o han tenido casos de corrupción y han participado siempre de facto en oligopolios mediáticos muy lejanos a la libertad informativa.

Es necesario que desde todos los ámbitos (sociedad civil y partidos) se difunda el mensaje del Compendio y de la DSC, en sus propuestas en favor de una política de familia, en su defensa de la vida contra todas las leyes del aborto y de la eutanasia, en la defensa de la libertad educativa contra la legislación totalitaria, en su denuncia de la corrupción, contra la connivencia de buena parte de la Prensa y los medios de comunicación con el poder establecido, en la oposición a leyes contrarias a los principios cristianos, en la lucha contra el terrorismo o en la solidaridad con los valores y símbolos cristianos cuando han sido atacados. Para ello, el libro del Compendio ofrece doctrina segura, fiable y sólidamente justificada.

Julio García | Escritor

(*): Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia Católica. Editorial: LIBRERIA EDITRICE VATICANA, Città del Vaticano, 2005; Editorial Planeta, 2005; Editor   Biblioteca Nueva, 2014, y Editorial BIBLIOTECA DE AUTORES CRISTIANOS, Madrid 2.019

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