Abogados Cristianos demanda al Gobierno de España por exhibir bandera gay en La Moncloa

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El complejo residencial del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha colgado dos lonas gigantes con la bandera LGTBI en una fachada lateral muy visible para los vehículos que llegan al centro de la capital desde la A-6, la carretera de La Coruña. Una ubicación bien elegida para captar la atención del mayor número posible de personas. Este hecho se ha producido por parte del Ejecutivo social-comunista de PSOE-Podemos mientras prosigue el debate sobre el cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo del año 2020 que prohíbe las banderas no oficiales en el exterior de los edificios públicos.

En base a esta sentencia, ni el Ayuntamiento de Madrid  ni la Comunidad de Madrid han colgado banderas o lonas LGTBI en sus fachadas.

El gabinete ministerial presidido por el socialista Pedro Sánchez desafía así la Constitución Española y la jurisprudencia.

 

Una de las banderas LGBT colocadas en el Palacio de La Moncloa, sede del Gobierno de España en julio de 2022. Crédito: Nicolás de Cárdenas / ACI Prensa

 

No es legal la exhibición de banderas no oficiales en las fachadas de los edificios públicos.

En junio de 2020, la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo sentenció que no es legal la exhibición de banderas no oficiales en las fachadas de los edificios públicos.

Este deber de neutralidad está recogido en el artículo 103 de la Constitución Española.

La sentencia se aplica incluso cuando las enseñas ajenas a los símbolos oficiales “no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás banderas legal o estatutariamente instituidas”.

Denuncia de Abogados Cristianos

Polonia Castellanos, presidente de la Asociación Abogados Cristianos, ha señalado que “las administraciones públicas que colocan en edificios públicos banderas no oficiales incurren en un delito de prevaricación (actuar a sabiendas en contra de la ley). Y lo hacen además con evidente desprecio hacia la ley, más aún cuando las enseñas en cuestión tienen un marcado carácter ideológico”.

Desde 2020, Abogados Cristianos ha planteado numerosos casos ante los tribunales contra diversas instituciones locales y regionales españolas en Valladolid, Zaragoza, Cádiz, Sevilla, Gijón o Miranda de Ebro. También contra el Ministerio de Igualdad.

El caso de Valladolid es paradigmático, pues se obtuvo una sentencia firme contra la Diputación de Valladolid, explicando que “poco puede oponerse, so pena de entrar en el absurdo o el ilícito penal” a lo dispuesto por el Tribunal Supremo en 2020.

Sin embargo, el Tribunal Supremo estableció en el caso contra el Ministerio de Igualdad que la asociación no tenía legitimación para interponer el recurso Contencioso Administrativo.

La cuestión –señala Castellanos– es que según el Tribunal Supremo nadie está legitimado para impugnar la imposición de banderas ideológicas en contra del deber de neutralidad de la Administración Pública, y la Fiscalía actúa por y para el Gobierno, por lo que se puede incumplir la ley sin ningún tipo de consecuencia”.

Es precisamente el argumento de la falta de legitimación el que ha malogrado algunos otros casos denunciados por Abogados Cristianos. “Los juzgados apoyan nuestras peticiones de medidas cautelarísimas (para la retirada de las banderas LGBT, de acuerdo a la ley y la jurisprudencia del Tribunal Supremo), porque entienden que la ley nos respalda. Pero, al final, en la sentencia invocan esta falta de legitimación y además nos condenan en costas”, explica Castellanos.

La respuesta jurídica a esta cuestión está en estudio, “porque Abogados Cristianos va a seguir en esta batalla”, concluye la abogada, pues siguen siendo muchas las instituciones que desoyen la ley.

(con información de Aciprensa)

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