Sánchez da un paso más en la norma europea que no impone ningún tope porcentual, a diferencia del Anteproyecto de Sánchez que quiere limitarla al 35%.
El límite del 35% a la publicidad institucional que impulsa el Gobierno de Pedro Sánchez marca un antes y un después en la relación entre el poder político y los medios. ¿Qué propone el Ejecutivo? Restringir al 35% los ingresos publicitarios institucionales de los medios. ¿Quién lo impulsa? El Ministerio de Transformación Digital dirigido por Óscar López. Lo justifica bajo la adaptación al Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios (EMFA), pero lo que no dice es que la norma europea no impone ningún tope porcentual.
El debate ya no gira solo en torno a la transparencia. Gira en torno al control.
La norma europea no fija ningún tope
El anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público introduce un techo del 35% a la facturación que un medio puede recibir de publicidad institucional. El Gobierno sostiene que adapta la legislación española al Reglamento (UE) 2024/1083, conocido como European Media Freedom Act (EMFA).
Sin embargo, los considerandos 72 y 73 del reglamento europeo no mencionan límites cuantitativos. Bruselas exige transparencia, objetividad, proporcionalidad y no discriminación en el reparto de fondos públicos, esto es, abre la puerta, pero sin concretar y por tanto, no establece porcentajes máximos.
El espíritu del EMFA obliga a publicar criterios de reparto, identificar destinatarios y someter el proceso a supervisión independiente. Regula el cómo se reparte, no cuánto puede recibirse. La Unión Europea no obliga a fijar un límite del 35%. Esa cifra responde a una decisión política nacional.
Una medida incluida en el Plan de Acción por la Democracia
Sin embargo, el Gobierno da un paso más. Enmarca esta reforma dentro del denominado Plan de Acción por la Democracia, aprobado en septiembre de 2024. El documento contempla 31 reformas que afectan a medios, partidos y Poder Legislativo.
Además del límite del 35%, el Ejecutivo impulsa cambios en la ley del derecho al honor, la regulación del secreto profesional de los periodistas y la Ley para la Mejora de la Gobernanza Democrática en Servicios Digitales. Esta última prevé un registro estatal de medios dependiente de la CNMC, donde deberán detallar su estructura de propiedad e ingresos públicos.
Asfixia económica
El EMFA, como reglamento europeo, resulta directamente aplicable y no requiere transposición. Los Estados pueden adoptar medidas adicionales, pero no pueden atribuir a Bruselas exigencias inexistentes.
El límite del 35% introduce una rigidez que puede afectar de forma desigual a distintos actores. Algunos medios regionales o temáticos podrían ver comprometida su viabilidad económica.
Cuando el poder decide cuánto puede ingresar un medio, la libertad de prensa entra en zona de riesgo.
La cuestión de fondo
España necesita medios libres, plurales y económicamente sostenibles. La publicidad institucional no debe premiar afinidades ni castigar críticas. Pero tampoco debe convertirse en herramienta de asfixia indirecta.
Limitar por decreto los ingresos de los medios no fortalece la democracia; la condiciona.
El límite del 35% a la publicidad institucional abre un debate esencial sobre el equilibrio entre control y libertad. La defensa de la libertad de expresión no admite ambigüedades.
Una sociedad madura protege la crítica, incluso cuando incomoda al poder. Si el Estado fija barreras económicas que afectan selectivamente a determinados medios, la pluralidad desaparece. Ningún Gobierno puede usar la regulación como instrumento de presión. La libertad de prensa no se negocia. Se defiende.
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