Abogados Cristianos ante el acoso por rezar en los abortorios: «La reforma de la ley es únicamente disuasoria»

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El Congreso tramita ya una reforma del Código Penal para intentar evitar las concentraciones y rezos frente a los abortorios.  El objetivo es penalizar como acoso a las mujeres que acuden a clínicas para abortar las concentraciones y rezos de personas.

La propuesta de reforma del Código Penal pretende añadir un nuevo artículo, denominado como 172 quater que permitiría condenar con «pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad» a toda persona que «hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta».

El nuevo artículo incorpora un añadido más y regula que «atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años”. Ese apartado parece destinado a las organizaciones con capacidad de movilización en este tipo de actos de oración.

Se espera que en las próximas semanas el Parlamento español, con el voto afirmativo de casi todos los partidos, menos PP y Vox, modifique el Código Penal para multar a los que se reúnan ante clínicas abortistas.

Reacción de Abogados Cristianos

La Fundación de Abogados Cristianos señala que no hay que tener miedo y que incluso con esa modificación quien quiera puede seguir acudiendo ante los centros abortistas a rezar y a entregar información sobre el aborto y las posibles ayudas para embarazadas.

Así lo señala su presidenta Polo Castellanos a Adelante España «La reforma de la ley es únicamente disuasoria, jamás podrán imputar coacciones o acoso a una persona que va a las puertas de un abortorio a rezar y/o a informar de la realidad del aborto»

Guía de informaciones legales útiles de Abogados Cristianos

En este contexto,  Abogados Cristianos ha publicado un listado (una guía) de informaciones legales útiles para quien acuda a las clínicas abortistas a rezar o repartir información. La Fundación de Abogados Cristianos propone estas recomendaciones prácticas a los activistas provida que acudan a los centros de aborto. En la guía se lee:

  • Puedes ir a rezar ante un centro de abortos
  • Puedes informar a las mujeres y a sus acompañantes sobre lo que en realidad es un aborto, ya que no existe violencia en hablar e informar; también puedes facilitarle información escrita si la desean coger.
  • Para que exista un delito de coacciones o de acoso es indispensable que exista violencia o intimidación, por lo que si te acercas educadamente y sin ni siquiera tocar a la otra persona jamás se te podrá imputar un delito.
  • Mantener en todo momento una actitud pacífica, sin buscar enfrentamiento con ningún ciudadano ni, mucho menos, con agentes de policía.
  • En caso de que acudan agentes de policía a la concentración o se es increpado por ciudadanos, adoptar con ellos una actitud dialogante, haciendo ver a los mismos que se está ejerciendo el derecho fundamental de reunión y a la libertad religiosa de una manera pacífica, sin hostigar ni coaccionar a ninguna mujer, lo cual es plenamente legal.
  • Si la policía te pide la documentación puedes facilitársela sin problema; si la policía te pide que te alejes del centro de abortos deberás preguntarle por qué, y si, su solicitud no está suficientemente fundamentada o es errónea, puede tratarse de un caso de abuso de autoridad que podrías denunciar.
  •  Si alegan que se trata de una concentración ilegal, para ello deben juntarse más de 20 personas, y si te estás moviendo, aunque sea alrededor del centro de abortos, no puede hablarse de concentración.
  • Si te dicen que no puedes rezar, es mentira, y si te lo prohíben o impiden, podrían estar cometiendo un delito recogido en el artículo 522 y siguientes del Código Penal.
  • En cualquier caso se puede grabar lo anterior con dispositivos móviles para interponer acciones legales.
  • Mantener una distancia prudencial, ni cerca ni lejos de los centros de aborto, visibles para aquellas mujeres que quieran informarse de lo que realmente es y supone un aborto. Hay que destacar que la reforma del Código Penal no indica ninguna distancia en concreto.
  • En definitiva, la propuesta de reforma del Código Penal es meramente disuasoria y es consciente de que jamás se podrá imputar un delito por rezar y/o informar a las puertas de un centro de abortos.

La ley permitiría lo siguiente:

– Rezar frente a las proximidades de los centros de aborto, permaneciendo siempre de manera pacífica y sin impedir expresamente el acceso ni el tránsito por la vía pública.

– Informar pacíficamente a las mujeres sobre posibles alternativas al aborto, así como sobre entidades y fundaciones que puedan atenderla y suministrar información sobre ayudas públicas a la maternidad.

Abogados Cristianos anuncia que ofrece su apoyo jurídico y legal 

La Fundación de Abogados Cristianos anuncia que ofrece su apoyo jurídico y legal a los activistas provida, y se ofrece a resolver dudas y apoyar en situaciones. «Dentro de los fines de la Fundación está la defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte natural, por lo que entendemos un deber de la Fundación el informar sobre los derechos fundamentales vulnerados; además, queremos mostrar nuestra firme defensa del derecho de toda persona provida de expresar públicamente sus opiniones, así como el derecho de toda madre a recibir una información veraz y rigurosa sobre el aborto y sus riesgos», explica Abogados Cristianos en un comunicado.

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