El Tribunal Supremo de la UE sienta un precedente peligroso en materia de identidad de género: podría obligar a los gobiernos a acatar las políticas lgtbi

La decisión podría obligar a todos los gobiernos a acatar las políticas ideológicas y sectarias de Bruselas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que Rumanía, un estado miembro de la Unión Europea, debe aceptar la nueva identidad de género de una mujer que ha «transicionado» y ahora se considera un hombre.

Pérdida de la soberanía de las naciones ante el lobby lgtbi

No es una sentencia cualquiera. La sentencia tendrá consecuencias de largo alcance, ya que los gobiernos de la UE que rechazan la noción de identidad de género ahora no tendrán otra opción que adherirse a la ideología LGBT.

Según la sentencia publicada el viernes 4 de octubre, la negativa de las autoridades rumanas a reconocer la identidad de género de un «hombre transgénero» británico-rumano —es decir, una mujer que se identifica como hombre— viola los derechos humanos y contraviene la legislación europea.

Es obvio que este fallo afectará aún más la soberanía estatal, allanando el camino para que las competencias de los parlamentos nacionales queden subordinadas a las normas y reglas de los burócratas globalistas de Bruselas.

Ciudadana rumana transgénero

El caso gira en torno a un ciudadana rumana, un profesora de biología de 32 años que ahora se hace llamar Arian Mirzarafie-Ahi, que se mudó al Reino Unido en 2008, adquirió la ciudadanía británica y conservó la nacionalidad rumana. Mirzarafie-Ahi comenzó su «transición» en 2016, cambió su nombre y título («pronombres») de mujer a hombre en 2017 y obtuvo el reconocimiento legal de la identidad de género masculina en 2020 (cuando el Reino Unido todavía formaba parte de la UE).

Un año después, Mirzarafie-Ahi solicitó que las autoridades rumanas registraran oficialmente los cambios y emitieran un nuevo certificado de nacimiento que incluiría un cambio de nombre, sexo y número de identificación personal.

Las autoridades rumanas rechazaron estas solicitudes y convocaron a Mirzarafie-Ahi a acudir a los tribunales. Posteriormente, el tribunal rumano preguntó al TJUE si su negativa a reconocer el cambio de identidad de género se ajustaba al Derecho de la UE

Según la sentencia, los países de la UE deben reconocer el cambio formal de identidad de género realizado en otro estado miembro

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictaminado que la negativa de un Estado miembro a reconocer una identidad adquirida legalmente en otro Estado miembro es contraria al Derecho de la UE. El Tribunal ha subrayado que la negativa de Rumanía a reconocer la identidad de género de esta persona obstaculiza el ejercicio del derecho a la libre circulación y residencia en la UE. La inacción de Rumanía también crea dificultades para que Mirzarafie-Ahi pueda proporcionar una identificación en la vida cotidiana, ha sentenciado el Tribunal.

Sienta un precedente

La organización rumana de derechos LGBT ACCEPT dijo que la sentencia sienta un precedente para las personas transgénero. La decisión podría desencadenar una nueva ronda de batallas legales, ya que el fallo socava en la práctica las leyes de los países de la UE que no permiten a las personas cambiar legalmente su género.

Rodrigo Ballester, del grupo de expertos Mathias Corvinus Collegium con sede en Budapest, dijo sobre el fallo: Es absolutamente chocante y banal a la vez. Una vez más, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea pisotea principios jurídicos básicos con fines ideológicos y erosiona las competencias de los Estados miembros mediante razonamientos ridículos. Su objetivo final no es hacer cumplir la ley, sino forzar una mayor integración.

Lois McLatchie Miller, portavoz de la campaña Alliance Defending Freedom International, dijo a The Telegraph : Ningún individuo ni ningún gobierno debería verse obligado a afirmar algo que no es cierto. Los hombres no pueden convertirse en mujeres y afirmar esto puede tener graves consecuencias en muchos ámbitos de la vida.

Rumanía no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo ni la unión civil entre parejas del mismo sexo. El año pasado, una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), un tribunal no perteneciente a la UE con sede en Estrasburgo, adoptó un tono similar en relación con Rumanía, al afirmar que el país está violando los derechos de las parejas del mismo sexo al negarse a reconocer legalmente sus uniones. El TEDH reprendió recientemente a Polonia por las mismas razones.

Fuente: Zoltán Kottász | The European Conservative 

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