Socialistas y comunistas de Podemos pactan un cambio sustancial y cualitativo en la reforma del Código Penal que se tramita en el Congreso para castigar con prisión los rezos y vigilias junto a las clínicas abortistas ya que a partir de ahora será aunque sea una sola persona.
La reforma del Código Penal para castigar con penas de cárcel de entre tres meses y un año a los provida que acuden a las inmediaciones de las clínicas abortistas a rezar por las madres que van a abortar será más dura de lo ya inicialmente previsto.
La versión aprobada
El apartado primero del artículo 172 quater del Código Penal (el que será objeto de reforma) quedará finalmente así tras el acuerdo entre los dos socios de gobierno: «El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días».
En la redacción inicial, ese apartado primero se circunscribía a los provida que estuvieran «promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones»
Y, además, la enmienda añade un apartado nuevo para blindar también a los responsables y personal sanitario de esas clínicas. Éste: «Las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los facultativos o directivos de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo».
El nuevo articulado queda definitivamente de la siguiente manera:
Críticas y rechazo del movimiento provida