El contrato de la UE con AstraZeneca con varias páginas tachadas

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Ya está aquí. Según señala la Unión Europea en su página Web, después de requerírselo a AstraZeneca, el laboratorio ha accedido a publicar el contrato suscrito en agosto con las autoridades comunitarias, en representación de los estados miembros, para la compra anticipada de vacunas.

El contrato, que aparece trufado de párrafos tachados (un 14% del documento aproximadamente), -dicen que para preservar la información confidencial que en el contrato aparece- incide en las explicaciones ya dadas por la compañía farmacéutica que ha desarrollado su solución contra la covid-19 en colaboración con la universidad de Oxford.

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Una de las páginas con tachones del contrato suscrito con AstraZeneca y colgado por la UE en su página web

Parte de la información relevante del acuerdo aparece en la segunda página del documento colgado por la UE y donde se reconoce que el laboratorio «ha acelerado su escalamiento de fabricación al mismo tiempo que realiza ensayos clínicos globales para garantizar la disponibilidad más amplia posible de la vacuna lo más rápido posible«.

Y añade, «como parte de esa ampliación, AstraZeneca se ha comprometido a usar sus mejores esfuerzos razonables (como se define a continuación) para desarrollar la capacidad de fabricar 300 millones de dosis de la vacuna, sin ganancias ni pérdidas para AstraZeneca, al costo estimado actualmente en Europa para distribución dentro de la UE». Una parte del contrato que coincide con la versión ofrecida por el propio Pasqal Soriot, consejero delegado de AstraZeneca.

Y todo con la opción de que la Comisión, actuando en nombre de los Estados miembros participantes, ordene 100 millones de dosis adicionales.

Además, recoge que cada estado Miembro debe «ejecutar y entregar un formulario de pedido (…) con la información pertinente a dicho Estado miembro cumpliementada».

¿Qué se entiende por los mejores esfuerzos razonables?

El propio acuerdo define cómo debe interpretarse esa alusión a «los mejores esfuerzos razonables«. En el caso de AstraZeneca, se entiende: «las actividades y el grado de esfuerzo que una empresa de tamaño similar con una infraestructura de tamaño similar y recursos similares a los de AstraZeneca emprendería o utilizaría en el desarrollo y fabricación de una vacuna en la etapa de desarrollo relevante o comercialización teniendo en cuenta la necesidad urgente de una vacuna para poner fin a una pandemia mundial que está provocando graves problemas de salud pública, restricciones a las libertades personales e impacto económico en todo el mundo, pero teniendo en cuenta la eficacia y seguridad. «

En el caso de la Comisión y Estados miembros, esas palabras sobre los mejores esfuerzos significa: «Las actividades y el grado de esfuerzo que los gobiernos emprenderían o utilizarían para apoyar a sus contratistas en el desarrollo de la vacuna, teniendo en cuenta la necesidad urgente de una vacuna para poner fin a una pandemia que está provocando graves problemas de salud pública, restricciones a las libertades personales e impacto económico en todo el mundo».

¿Precio y plazo?

Con más de un 10% del documento tachado, es complicado desentrañar esos dos datos que se adivinan cruciales para resolver la polémica en la que la UE ha envuelto a AstraZeneca desde que ésta comunicó problemas puntuales en la producción que retrasarían la entrega de vacunas. Unos retrasos que en ningún caso señaló que fueran a comprometer las cantidades pactadas, ya que, según ha defendido AstraZeneca, no se pactó ningún plazo en las entregas.

En cuanto al precio, sí se recoge algo, que aparece en varias ocasiones en el contrato que puede dar la medida de la contrapartida económica a la que se comprometía la UE:

«Las partes acuerdan que, sin perjuicio de cualquier otra disposición de este acuerdo y mientras AstraZeneca reconoce que su obligación es suministrar las dosis de la vacuna sin lucro, no se solicitará ni requerirá que AstraZeneca suministre las dosis de vacuna con pérdidas. Las partes acuerdan además que los costos iniciales estimados en 336 millones de euros y los costos de llenado / acabado / empaque de (tachado) (…) se determinaron en base a estimaciones disponibles en la fecha de vigencia de las dosis iniciales para Europa. «

Más adelante repite el contrato que el compromiso es la fabricación de 300 millones de dosis «sin ganancias ni pérdidas«.

Otras conclusiones del contrato

De la parte que se puede leer del contrato se extrae una gran preocupación por establecer de manera precisa todo lo relativo al abono del coste de las vacunas por parte de los estados miembros de la Comisión. Tanto es así, que un apartado del acuerdo establece el mecanismo según el cual AstraZeneca tendría que documentar de manera exhaustiva cualquier coste adicional en el que habría tenido que incurrir para alcanzar el volumen de producción comprometido si quería que la UE le abonase dicha cantidad y así evitar haber producido con pérdidas las dosis europeas.

También es llamativo que, al menos en la parte legible, se incide poco sobre plazos de semanas o meses. Sólo se habla de dosis iniciales, pero relacionado con una posible ampliación de 100 millones de vacunas más en caso de que fueran necesarias.

Es más, el acuerdo recoge la posibilidad y condiciones de donación o reventa (sin ánimo de lucro) a terceros de vacunas sobrantes en caso de que así resultase.

(Luis F. Quintero. Libertad Digital)

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