El Constitucional planea reactivar la sentencia del aborto 11 años después

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El Tribunal Constitucional planea abordar la deliberación de la sentencia sobre la ley del aborto, pendiente desde hace 11 años. El retraso en resolver este asunto ha sido denunciado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por exdiputados del PP, que firmaron hace 11 años el recurso contra la ley de plazos —vigente en la actualidad— que permite abortar sin alegar razón alguna dentro de las primeras 14 semanas de gestación. La Asociación de Abogados Cristianos también presentó en el Supremo una querella por “retardo malicioso” contra el magistrado Andrés Ollero, exdiputado del PP y encargado de redactar la ponencia de la futura sentencia. Esta querella y la demanda ante el Tribunal Europeo han provocado que el Constitucional estudie ahora reactivar la tramitación del recurso para dictar una sentencia.

El presidente del tribunal, Juan José González Rivas, considera que no hay base para que prosperen esas acciones legales contra el Constitucional y contra Ollero, pero estima también que ha llegado el momento de atender a la reclamación para que el pleno aborde el recurso que el PP presentó en 2010.

El magistrado Andrés Ollero, consultado por este periódico, explica que tiene “preparados los trabajos necesarios” para llevar la ponencia al pleno en cuanto así lo disponga González Rivas. Ollero añade que, en todo caso, no ha recibido indicación ni comentario alguno para agilizar la presentación de la ponencia, ni del presidente ni de ninguno de los miembros del tribunal.

El criterio dominante entre los magistrados del Constitucional consultados es, no obstante, que no se debe esperar mucho más y que resulta necesario poner fin al largo período de espera sobre el recurso del PP. Diversos miembros del tribunal no han ocultado su convencimiento de que se trata de un asunto extraordinariamente delicado, sobre el que pueden existir serias dificultades para alcanzar una sentencia consensuada. Pero todos coinciden en que es obligación del tribunal asumir su responsabilidad y afrontar debates de esta naturaleza.

El plazo medio de resolución de los asuntos que llegan al Tribunal Constitucional es de 133 días. El recurso del PP contra la ley del aborto de 2010 lleva más de 4.000 días sin resolverse.

La demanda de 20 exdiputados del PP ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos acusa al Tribunal Constitucional del “incomprensible y arbitrario” retraso en la tramitación del recurso contra la ley del aborto. Los antiguos parlamentarios populares —entre ellos, Luis Peral, Lourdes Méndez y José Eugenio Azpiroz— recuerdan en su escrito que el Constitucional les llegó a informar en julio de 2010 de que daba “carácter prioritario a la tramitación y resolución del recurso”, lo que no llegó a producirse. En diciembre de 2020, estos exdiputados se dirigieron al tribunal reclamando que dictase ya la sentencia, pero no recibieron respuesta.

Durante los mandatos de los dos anteriores presidentes del Constitucional, Pascual Sala y Francisco Pérez de los Cobos, no se produjeron avances sobre este asunto. “Ni mi antecesor ni yo”, explicó Pérez de los Cobos en una entrevista en El Mundo en 2014, “hemos introducido este asunto en el orden del día por una razón de prudencia”. Y añadía: “Quienes plantearon el recurso contra la ley vigente fueron los diputados del PP, que ahora tienen mayoría absoluta parlamentaria y que han dicho con reiteración que van a cambiar la ley y que, por consiguiente, tienen en su mano conjurar los problemas de constitucionalidad que la norma le planteaba”.

El recurso del PP impugnaba ocho preceptos y la disposición adicional segunda de la ley de plazos aprobada por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero. Entre los preceptos recurridos estaba uno de los principales aspectos de la ley: el que permitía abortar en las primeras 14 semanas por decisión libre de la madre.

La doctrina de 1985

El PP entendía entonces que la doctrina del Constitucional, establecida en su sentencia sobre la ley del aborto de 1985, solo admitía despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo cuando existiera un grave peligro para la vida del no nacido y otros bienes y valores de la madre. Y sostenían en su recurso que la nueva ley de plazos creaba un sistema por el que la vida del no nacido quedaba absolutamente desprotegida en las primeras 14 semanas de gestación. Los parlamentarios que registraron el recurso ante el Tribunal Constitucional acusaban al Gobierno de Zapatero de incumplir así el artículo 15 de la Constitución, que reza: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral”.

En el debate del texto constitucional en 1978, el entonces diputado Manuel Fraga propuso y logró cambiar en el artículo 15 la palabra “personas” (el nacido con 24 horas de vida, según el Código Civil) por la palabra “todos”, que supuestamente incluía también al no nacido. De esa manera, según explicaría entonces Fraga, se cerraba la puerta a legalizar el aborto en España.

Cuando el Partido Popular registró su recurso en el Constitucional, el presidente del tribunal encargó la ponencia a la magistrada Elisa Pérez Vera, quién redactó un texto que consideraba plenamente constitucional la nueva ley del aborto de 2010. Pero esa ponencia nunca se debatió en pleno porque la magistrada finalizó su mandato en 2012.

(José María Brunet. El País)

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