El sectario Sánchez da un paso más en la criminalización de los hombres

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El Consejo de Ministros aprobó en segunda ronda el proyecto de Ley Orgánica de Medidas Integrales contra la Violencia Vicaria. Esta norma, impulsada directamente por el Ministerio de Igualdad, representa una vuelta de tuerca definitiva en la estrategia de ingeniería social totalitaria que caracteriza a este gobierno. El texto normativo establece una persecución ideológica sistemática que erosiona los pilares básicos del derecho contemporáneo, dinamitando principios universales que costó siglos consolidar.

El sectarismo y fanatismo del gobierno de Sánchez alcanza cotas alarmantes en esta propuesta legal al profundizar de manera deliberada en la criminalización de los hombres en España. El aparato estatal utiliza el sagrado deber de proteger a la infancia como un simple caballo de Troya normativo para imponer una agenda de división social, revanchismo de género y asimetría penal. La nueva regulación convierte las garantías judiciales básicas en un vestigio del pasado, implantando un estado de sospecha generalizada sobre la mitad de la población española por el simple hecho de pertenecer al sexo masculino.

El desmantelamiento legislativo de diez normas esenciales del Estado

La ofensiva del sector de extrema izquierda comunista del gobierno no se limita a una simple declaración de intenciones políticas en los medios de comunicación. Tal como recoge El Debate, el proyecto de ley modifica de un plumazo hasta diez leyes esenciales del ordenamiento jurídico español para asentar su estructura punitiva.

Entre los textos alterados figuran la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género, el Código Penal, el Código Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial. El intervencionismo estatal afecta también a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley del Registro Civil. Las modificaciones alcanzan finalmente al Estatuto de la víctima de delito y al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esta macroreforma coordinada vacía de contenido la neutralidad judicial, forzando a los tribunales a aplicar directrices dogmáticas en lugar de evaluar de forma individualizada las circunstancias de cada caso.

La privación de la patria potestad y la eliminación de las garantías procesales

La principal novedad del borrador legislativo introduce la privación automática de la patria potestad en cuanto exista una sentencia condenatoria firme por delitos tipificados dentro del catálogo de la violencia de género. El Ministerio de Igualdad admite con absoluta frialdad las enormes dificultades técnicas y constitucionales para encajar semejante automatismo en el ordenamiento jurídico, pero defiende la propuesta como una medida de justicia política.

Lo verdaderamente peligroso de este sectarismo institucional radica en la facultad que otorga el texto para acordar dicha privación ante simples indicios fundados o procesos en fase de instrucción. Esta previsión liquida de manera fulminante el derecho elemental a la presunción de inocencia, ya que castiga severamente al varón antes de una sentencia condenatoria definitiva. El sistema aparta a los padres de sus hijos mediante juicios sumarios basados en sospechas subjetivas o denuncias cruzadas, invirtiendo de forma aberrante la carga de la prueba en el proceso penal.

El sesgo dogmático y el cuestionamiento de las capacidades paternas

Fuentes jurídicas de acreditado prestigio denuncian con firmeza la falsedad conceptual que vertebra toda la narrativa ideológica de esta reforma gubernamental. La afirmación dogmática de que un maltratador nunca puede ejercer como un buen padre parte de una premisa incorrecta que confunde deliberadamente dos esferas jurídicas independientes. La legislación tradicional y la psicología forense siempre diferenciaron los conflictos conyugales o de pareja del desarrollo de las facultades de crianza y cuidado hacia los descendientes.

El gobierno de Sánchez sustituye la ciencia jurídica y la evaluación pericial psicológica por sectarismos ideológicos aberrantes. La realidad de los juzgados demuestra cotidianamente que un conflicto de pareja no determina la incapacidad de un varón para proteger, educar y amar a sus hijos. Al clausurar la valoración judicial personalizada, la ley castiga a los menores privándolos del contacto paterno con base en absolutos dogmáticos dictados desde despachos ministeriales.

Expertos exigen situar al menor como el centro real de la protección jurídica

Diversos juristas y expertos en derecho de familia reclaman un cambio absoluto de perspectiva que despoje a las leyes del sesgo sectario imperante. La doctora en Derecho Elena Ramallo sostiene en el Debate que el bien jurídico prioritario de cualquier normativa debe residir exclusivamente en la integridad física, psicológica y emocional del menor de edad. La protección legal de los niños no debe depender en ningún caso del sexo o de la condición del progenitor agresor ni de la situación coyuntural de la madre. Numerosas medidas presentadas por el gobierno como innovaciones revolucionarias ya forman parte del ordenamiento jurídico desde hace años, como las restricciones del régimen de visitas del artículo 94 del Código Civil.

El verdadero avance consistiría en edificar un sistema de protección universal que ampare a los niños frente a cualquier tipo de maltrato, sin importar la naturaleza del vínculo ideológico que el poder político de turno decida privilegiar.

La peligrosa invisibilización del maltrato cometido por madres

El sectarismo del Ministerio de Igualdad ignora de forma deliberada que las madres también instrumentalizan y ejercen violencia física y psicológica sobre sus propios hijos con el fin de infligir daño al padre. Aunque las estadísticas oficiales del gobierno sobredimensionen y manipulen el peso del varón en estos delitos, los supuestos de violencia vicaria materna existen, causan víctimas mortales y destruyen familias completas. Negar esta realidad fáctica en los textos legales impide que el sistema judicial alcance una protección integral, dejando desamparados a los menores que sufren agresiones a manos de sus progenitoras. El ordenamiento jurídico jamás debe construirse sobre prejuicios apriorísticos respecto a la bondad innata de un sexo y la maldad intrínseca del otro. El fanatismo ideológico prefiere desproteger a una parte de los niños antes que admitir que las mujeres también poseen la capacidad de cometer actos criminales aberrantes contra sus descendientes.

Un retroceso histórico hacia el derecho penal de autor en España

El proyecto de ley contra la violencia vicaria aleja a España de los estándares de justicia propios de las sociedades del entorno occidental. La norma resucita el nefasto derecho penal de autor, un modelo totalitario donde los tribunales no juzgan los actos concretos cometidos por el individuo, sino su identidad, su pertenencia a un grupo o su sexo.

Al asumir que el varón constituye una amenaza biológica latente para su propia descendencia, el gobierno socava el principio básico de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución Española. La persistente criminalización de los hombres satura los juzgados con procesos ideologizados que destruyen la paz familiar, fomentan la litigiosidad y arruinan la reputación de ciudadanos inocentes. Este fanatismo político debilita las verdaderas estructuras de protección social para convertirlas en herramientas de propaganda de un ejecutivo obsesionado con la confrontación civil como estrategia de supervivencia.


tags: violencia vicaria, Pedro Sánchez, presunción de inocencia, Ministerio de Igualdad, sesgo ideológico, discriminación masculina, patria potestad

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